Me meto a responderte en primer lugar, porque como dice Norma... soy peleadora, en segundo lugar, porque le estás faltando el respeto a gente que tal vez estudió tanto o más que vos.
Nadie está diciendo que la opinión del órgano jurisdiccional no sirva, tampoco que los jueces son meramente "la boca la de ley", solo que los jueces van a intervenir cuando haya un conflicto intersubjetivo de intereses, y creo que, en la medida que no lo haya, no va a haber proceso, justamente el abogado tiene que tratar de evitar el proceso. Entonces, si sos buen abogado, primero deberías analizar la viabilidad de tu pretensión. La acción es abstracta, al menos así enseña Briseño Sierra en México y Alvarado en Argentina, pero no por eso vas a accionar por accionar, es cierto que la acción no está sujeta a un derecho subjetivo, pero tampoco tiene mucho sentido hacerle perder tiempo y dinero a un cliente.
Yo creo que axiológicamente es válido lo que decís, pero hay que analizar si es viable o no llevar adelante un proceso, existe un real desmedro económico? No sería, quizá, mejor, pedir con posterioridad un reajuste conforme a lo aportado? Como dije antes, en el régimen de reciprocidad (en ppio., hay regímenes que tienen sus particularidades) no se descartan los aportes. Y creo que sobre este tema dijo algo Touche.
Precisamente, si la ley se cumpliese... sería necesario el órgano jurisdiccional? Existiría conflicto? Digo, porque vos para decir lo que decís, no te basas en la "opinión" de alguien, te basas en que, a tu criterio, contraría una norma de rango superior, la igualdad prevista en nuestra Carta Magna, quizá? Entonces, si se respetase, haría falta un "juez"?
Sobre la doctrina, no tengo más que repetir lo mismo de siempre. Por qué se interpreta? Porque las leyes las redactan humanos.
En cuanto a los criterios cambiantes de la jursiprudencia, no me parece válido el ejemplo, el criterio cambió porque cambiaron las circunstancias fácticas. Distinto hubiese sido decir por qué cambió el criterio de Tarifeño a Marcilese...? Los criterios de los jueces cambian porque de nuevo aparece lo humano, hay que sacarse de la cabeza la idea del juez inquisitor que tenía y decía la verdad. Los jueces son humanos...
El derecho es dinámico porque cambia la sociedad, cambian las leyes y cambia el concepto de justicia (desde una visión tridimensionalista). Ahora, el fin del derecho cuál es? Acaso el fin del derecho no es la seguridad jurídica? Si el fin del derecho es la seguridad jurídica, podemos traer a colación una ley derogada?
Y remitiendome a lo último que dijiste, vos mismo hacés referencia a varias instancias, juez de 1era. instancia, cámara, corte, creo que esto es el mejor ejemplo para demostrar que se acepta que los jueces se pueden equivocar y que, por lo tanto, tenemos recursos, si no, no existirían las instancias, no?
Por otro lado, te vuelva a recordar a Goldschmidt (Werner, no James), la jurisprudencia, en el derecho continental, es fuente material y no formal.
Como decía Fontanarrosa (y de nuevo aclaro con el nombre, Rodolfo, no Roberto) la jurisprudencia es la costumbre del órgano jurisdiccional.
Es cierto, hay que tener en cuenta todas las posibilidades, ahora sí recuerdo a James Goldschmidt (y no a Werner) cuando equiparaba el proceso a una guerra, tenés que analizar que armas tenés y que posibilidades tenés de ganar esa guerra (más allá de las críticas que se le pueda hacer a esta concepción)
No pretendo dar una clase de Introducción Filosófica al Derecho, pero además, cuál es la diferencia entre una ley y una sentencia?
Bien, ley, según Golschmidt, es una norma general y abstracta, además está pre establecida. La sentencia, en nuestro pais, no es ni general ni abstracta y no está pre establecida. Si pensamos que el Derecho (en un estado de Derecho) tiene como fin la seguridad jurídica, qué te parece que prevalece?????
Volviendo a lo concreto, habría que ver el caso en particular, en los personal, y razonando como estudiante, yo no me metería en una "guerra" que no se si puedo ganar.
Y como en algún momento parafraseaste al procesalista uruguayo Couture, cuando dijiste "... y si te quedas con lo que te dice anses o con lo que estudiaste en la facultad te convertis en un cuadrado", te digo que entre sus mandamientos tambien dice: "6. Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya"
Y al que se ajusta únicamente a la ley, se le podría decir "4. PROCURA LA JUSTICIA: Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia"
Saludos
Andrea