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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #175302  por nadia08
 
Hola a todos, a ver si me pueden dar una manito, un cliente trabajaba en la industria del plastico el 2/04 se opero, el 5/05 se incorporo a trabajar normalmente, el 12/05 se lo suspende sin causa alguna segun ellos por rebelarse con un supervisor obligandolo a firmar la suspension el se niega, el 14/05 recibe telegrama de la suspension, no asiste a trabajar por dos dias por esta suspension, el 21/05 recibe telegrama de despido. No les parece un poco raro?. El convenio dice que la jornada laboral es de 9 horas, ellos trabajaban 8 horas de lunes a viernes y por lo tanto le pagaban esas ocho horas. Ahora:
1) se pueden reclamar las horas que faltan, es decir, esas 180 horas mensuales que no se trabajan,
2) es conveniente que vaya a cobrar la liquidacion o primero reclamo
Necesito ayuda ya que es mi primer laboral.
Aclaro, con una antiguedad de 2 años nunca tuvo sanciones disciplinarias, ni apercibimientos de ninguna naturaleza.
Que le parece que tengo que hacer, la verdad que estoy re perdida.
Gracias a todos

 #175403  por MORGAN
 
Supongo que el despido fue directo y sin causa no, o alegan causa?.
De que se operó?, la enfermedad tiene relación con el trabajo?
Creo que no podés reclamarle las horas que decís -sacaste bien la cuenta?, 180 mensuales sin trabajar no son muchas?-, porque fijate que el CCT dice, "En aquellas empresas" en que la jornada de labor fuera de 9 horas diarias de lunes a viernes,..., igual lo llamaría al sindicato y listo te asegurás si procede o no.

 #175456  por nadia08
 
Hola Morgan, te agradezco la respuesta, te cuento que el telegrama no alega causa, la operacion no tuvo que ver con el trabajo (vesicula) y con respecto a las horas el convenio dice: "En aquellas empresas que la jornada de labor fuera de 9 horas diarias, de lunes a viernes, en caso que se disponga trabajar, sea en forma permanente o transitoria, el sábado a la mañana la jornada de este día no podrá ser inferior a 6 horas. Si no se cumpliera con este mínimo de horas de labor en los mencionados días, se deberán abonar los jornales como si se hubiera trabajado dicho límite." yo interpreto que se tiene que pagar. Que opinan???. Igaulmente voy a seguir tu consejo el lunes llamo al sindicato.

 #176306  por nadia08
 
Hola a todos!! llame al sindicato y me dicen que no se pueden reclamar horas no trabajadas, por lo tanto esa bendita novena hora diaria que mi cliente queria reclamar es imposible hacerlo. Con respecto a lo resaltado en el anterior mensaje corre solo para los dias sabados, si alguien le sirve la acotacion.
Besos