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 #175127  por PICHI
 
DEBO HACER UNA INFORMACION SUMARIA POR RECTIFICACION DE UN CERTIFICADO DE DEFUNCION, EN EL CUAL FALTAN ALGUNOS DATOS YA QUE AL MOMENTO DE FALLECER LA PERSONA NO ENCONTRARON EL DNI . AGRADECERIA MUCHO SI ALGUIEN TIENE ALGUN MODELO PARA FACILITARME. MUCHAS GRACIAS!!
MI MAIL: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar

 #175161  por grillorente
 
Ahi va una info sumaria, espero que la puedas ajustar a tu caso...

PROMUEVE INFORMACIÓN SUMARIA
Señor Juez:
XXXXXXXXXXX, por mi propio derecho, con domicilio real en la calle XXXXXXXXXXXX, Capital Federal, constituyendo allí mismo el legal conjuntamente con mi letrada patrocinante, Dra. XXXXXXXXXXXX- a V. S. respetuosamente me presento y digo :

I. OBJETO.-
Que vengo a promover información sumaria a fin que V.S. ordene rectificar el apellido de XXXXXXXXXXXX, que fue inscripto erróneamente en el certificado de nacimiento de su hija XXXXXXX, como XXXXXXXXX, así como su edad que también figura de manera errónea, por las circunstancias de hecho y derecho que seguidamente se exponen.
II. HECHOS.-
En el certificado de nacimiento de FLORENCIA MAYLEN XXXXXXXXX, hija de DELFINA XXXXXXy RAMIRO XXXXXXXXXX, se asentaron los datos de la madre de manera errónea, dado que su nombre es DELFINA XXXXXXXXXy no DELFINA XXXXXXXXXXXcomo allí figura, y tampoco alcanzaba, en ese momento, la edad de 25 años como consta en dicho certificado.
Por ello pido a V.S. ordene las correcciones pertinentes, es decir, el apellido de la peticionante como DELFINA XXXXXXXXXXX, y su edad, la cual al momento de la inscripción del nacimiento en el registro era de 19 años.
Téngase en consideración que la rectificación solicitada precedentemente resulta de fundamental importancia, a los efectos de que la suscripta pueda tramitar su documento nacional de identidad argentino.
III.- PRUEBA
Se ofrece la siguiente prueba:
1.DOCUMENTAL: Se acompañan: Certificado de nacimiento de XXXXXX; Certificado de nacimiento de XXXXXXXX, legalizado y certificado; Certificado de bautismo de XXXXXXXXX; fotocopia de la cedula de identidad boliviana de XXXXXXXXXXX.
2.INFORMATIVA: Se libre oficio al Hospital Materno Infantil “XXXXXXX” a fin de que remita copia de la historia clínica de XXXXXXXXXX.

IV. DERECHO
Fundo mi derecho en las leyes 18.248 y 14.586.
V. AUTORIZACIÓN
Que a fin de compulsar el expediente, tomar notas, obtener fotocopias, presentar y desglosar documentación, diligenciar oficios, exhortos y en fin todo acto tendiente a la prosecución y finalización del presente, se autorice a las siguientes personas:
XXXXXXXXX
VI. PETITORIO
Por todo lo expuesto a V.S. solicito:
1) Me tenga por presentada, por parte y por constituido el domicilio indicado.
2) Apruebe la información sumaria promovida, ordenando rectificar los errores señalados, que figuran en el certificado arriba agregado, librando el correspondiente oficio al Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas.
3) Autorice a las personas indicadas.

Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA
 #175566  por larrylu
 
[quote="sabrisre"]COLEGAS, APORTO MI GRANITO DE ARENA CON LOS MUCHOS MODELOS DE ESCRITOS QUE TENGO, ME PARECE QUE ES AHI DONDE NOSOTROS MUCHAS VECES NOS TRABAMOS, ENTONCES PROPONGO HACER UNA CADENA DE AYUDA, YO OFREZCO LOS QUE TENGO, UDS PIDAN Y SI LO TENGO NO DUDO EN ENVIARLES. Y ESPERO QUE ASI TODOS LOS QUE PUEDAN SE VAYAN SUMANDO Y PODAMOS AYUDARNOS ENTRE TODOS. LES PARECE? SALUDOS ATENTOS. :wink:[/quote]

Hola sabrisre! Tengo un caso de servidumbre de luz y aire. El titular de la servidumbre quiere iniciar daños y perjuicios y un interdicto de obra nueva. Sabes si son compatibles o tengo que iniciar una accion confesoria que no tengo para nada claro de qué se trata.? Por casualidad. tenes un modelo de accion confesoria? Si lo tenés te voy a agradecer enormemente. Gracias por la buena onda.
 #175707  por natyperez
 
espero que puedas amoldar este modelo al de cocheras.
CONTRATO DE LOCACIÓN

Hice eso, Sabri79, gracias por brindarnos siempre tu colaboración y ser tan solidaria. :D
 #176065  por PICHI
 
grillorente escribió:Ahi va una info sumaria, espero que la puedas ajustar a tu caso...

PROMUEVE INFORMACIÓN SUMARIA
Señor Juez:
XXXXXXXXXXX, por mi propio derecho, con domicilio real en la calle XXXXXXXXXXXX, Capital Federal, constituyendo allí mismo el legal conjuntamente con mi letrada patrocinante, Dra. XXXXXXXXXXXX- a V. S. respetuosamente me presento y digo :

I. OBJETO.-
Que vengo a promover información sumaria a fin que V.S. ordene rectificar el apellido de XXXXXXXXXXXX, que fue inscripto erróneamente en el certificado de nacimiento de su hija XXXXXXX, como XXXXXXXXX, así como su edad que también figura de manera errónea, por las circunstancias de hecho y derecho que seguidamente se exponen.
II. HECHOS.-
En el certificado de nacimiento de FLORENCIA MAYLEN XXXXXXXXX, hija de DELFINA XXXXXXy RAMIRO XXXXXXXXXX, se asentaron los datos de la madre de manera errónea, dado que su nombre es DELFINA XXXXXXXXXy no DELFINA XXXXXXXXXXXcomo allí figura, y tampoco alcanzaba, en ese momento, la edad de 25 años como consta en dicho certificado.
Por ello pido a V.S. ordene las correcciones pertinentes, es decir, el apellido de la peticionante como DELFINA XXXXXXXXXXX, y su edad, la cual al momento de la inscripción del nacimiento en el registro era de 19 años.
Téngase en consideración que la rectificación solicitada precedentemente resulta de fundamental importancia, a los efectos de que la suscripta pueda tramitar su documento nacional de identidad argentino.
III.- PRUEBA
Se ofrece la siguiente prueba:
1.DOCUMENTAL: Se acompañan: Certificado de nacimiento de XXXXXX; Certificado de nacimiento de XXXXXXXX, legalizado y certificado; Certificado de bautismo de XXXXXXXXX; fotocopia de la cedula de identidad boliviana de XXXXXXXXXXX.
2.INFORMATIVA: Se libre oficio al Hospital Materno Infantil “XXXXXXX” a fin de que remita copia de la historia clínica de XXXXXXXXXX.

IV. DERECHO
Fundo mi derecho en las leyes 18.248 y 14.586.
V. AUTORIZACIÓN
Que a fin de compulsar el expediente, tomar notas, obtener fotocopias, presentar y desglosar documentación, diligenciar oficios, exhortos y en fin todo acto tendiente a la prosecución y finalización del presente, se autorice a las siguientes personas:
XXXXXXXXX
VI. PETITORIO
Por todo lo expuesto a V.S. solicito:
1) Me tenga por presentada, por parte y por constituido el domicilio indicado.
2) Apruebe la información sumaria promovida, ordenando rectificar los errores señalados, que figuran en el certificado arriba agregado, librando el correspondiente oficio al Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas.
3) Autorice a las personas indicadas.

Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA
GRACIAS POR EL MODELO, LO VOY A ADECUAR A MI CASO.
SALUDOS.
 #176149  por drava
 
hola a todos estoy haciendo un tramite ante anses que requiere que mi cliente inicie judicialmente la curatela de su hijo mayor de edad discapacitado por problemas mentales.Si alguien tuvo que hacer una curatela de este tipo y seria tan amable de enviarme un modelo mil gracias saludos y gracias por la ayuda
 #176150  por drava
 
hola a todos estoy haciendo un tramite ante anses que requiere que mi cliente inicie judicialmente la curatela de su hijo mayor de edad discapacitado por problemas mentales.Si alguien tuvo que hacer una curatela de este tipo y seria tan amable de enviarme un modelo mil gracias saludos y gracias por la ayuda

 #176630  por barney
 
OBJETO: PROMUEVE DEMANDA LABORAL POR DIFEREN- CIA DE REMUNERACIONES.-


Excmo. Tribunal del Trabajo:



....................................., Abogado Matrícula Profesional No - C.P.A.F., constituyendo domicilio legal en la Calle .................... de esta Ciudad., a V.S., como mejor proceda en derecho me presento y respetuosamente digo:



EXORDIO.-


.Que vengo por este acto a PROMOVER JUICIO LABORAL contra ...................................., con domicilio en .......................................................... de la Ciudad de Formosa, por el pago de Diferencia de Haberes, que se indican en las Planillas de Liquidación - que se adjuntan - de cada uno de mis poderdantes o lo que en más o en menos resulte de la pruebas a rendirse y la sana crítica del Excmo. Tribunal, más actualización por depreciación monetaria, sus intereses y costas resultantes.-

Debo aclarar que el monto corresponde a la liquidación realizada por diferencia de haberes desde el mes de .................de ................. hasta la fecha de la promoción de la presente demanda, más el sueldo anual complementario y vacaciones proporcional.-

ANTECEDENTES.-


Mis representados se desempenan como obreros de la empresa demandada, percibiendo en contra prestación de su trabajo el pago de $ 0,89 por cada hora trabajada, esta remuneración resulta ilegal atento que la misma se encuentra en violacion de lo establecido en la Resolución No 2/93 del CONSEJO NACIONAL del EMPLEO, de la PRODUCTIVIDAD y del SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL. Organismo Nacional competente para la determinación del salario Mínimo Vital y Móvil de todo obrero y/o personal de la República Argentina y que dicho organismo en el mes de (...Agosto de 1993...) estableció que el salario Mínimo Vital y Móvil asciende a la suma de $ 200 mensuales estableciendo que el jornal mínimo por hora trabajada asciende a la suma de $ 1 la hora y teniendo en cuenta que la patronal solamente abona la suma de $ 0,89 por tal razón teniendo en cuenta los horarios obligatorios de la relación laboral con dicha remuneración no alcanza ni remotamente el Salario Mínimo Vital y Móvil establecido por Resolución No 02/93 del ano 1993 lo que hace procedente el reajuste judicial de las remuneraciones de mis poderdantes.-

De tal manera la suma de $ 200 mensuales a la que asciende en la actualidad el salario Mínimo Vital y Móvil debe considerarse exclusivamente con relación a la retribución básica, sin tomar en cuenta ningún otro tipo de adicional, bonificacion o premio, cualquier interpretación contraria desnaturaliza los premios por presentismo y por productividad. En efecto como el trabajador que cumpla la jornada legal de ocho horas diarias no puede cobrar menos de $ 200 mensuales, va a percibir dicha suma cumpla o no con los requisitos establecidos en los mencionados premios.

De tal manera desaparecerian los incentivos que dichos premios crean, resultando exactamente igual para el trabajador cumplir puntualmente con su horario de trabajo y superar las bases de producción, de no hacerlo evidentemente lo que busca el Convenio Colectivo de Trabajo No 120/90, al instituir dichos premios es beneficiar al buen trabajador por lo que, en razón de lo antedicho, la remuneración que debe percibir el trabajador que cumple con la jornada legal de trabajo no puede ser inferior de $ 200 por mes, sin conputar el premio al presentismo, ni a la productividad o atención a máquinas, etc.-

Por tal motivo, es que los delegados gremiales reclamaron el reajuste de haberes y la aplicación del Salario Mínimo Vital y Móvil para la remuneración de los empleados de Alpargatas SAIC, primero en forma verbal y con posterioridad ante el icumplimiento de la promesa de la patronal el peso, la hora, a fin de abonar el Salario Mínimo Vital y Móvil.-

Sin perjuicio de las intimaciones y requerimientos legales por parte de los delegados gremiales desde la fecha de la vigencia del Salario Mínimo Vital y Móvil (01 de Agosto de 1993) y el reclamo por ante la Dirección Provincial del Trabajo, mis representados remitieron las pertinentes Cartas Documentos intimando el reajuste de haberes y el pago de diferencias de haberes.-

Por todo lo expuesto y la aplicación de la Constitución Nacional y el Art. 9 de la Ley 20744, que por un lado garantiza que todos los trabajadores de la República Argentina deben gozar del Salario Mínimo Vital y Móvil, y por el otro que a toda cuestión referente a los sueldos derechos y garantías de un trabajador que se encuentre tipificada por dos o mas leyes, se debe aplicar las normas más favorables al trabajador, por lo expuesto y del analisis del caso de referencia es que hace procedente el reajuste de haberes de los actores y la fijación de la remuneración mínima de $ 1 (Un Peso) por cada hora trabajada.-

V.S., debe tener en cuenta que este debate ya ha sido dirimido, y que en todo el país los obreros textiles cobran UN PESO POR CADA HORA TRABAJADA, acreditan lo manifestado los dictámenes que adjunto.-

Este reclamo de reajuste de haberes también fue realizado ante la Dirección Provincial del Trabajo obteniéndose un dictámen favorable con fecha 17 de Agosto de 1994, en la cual la Dra. Celia Elizabeth Meza dictamina la procedencia de la remuneración mínima de un obrero textil de UN PESO la hora laboral.-

Este derecho de los obreros textiles de cobrar un Peso la hora laboral ha sido otorgado por la mayoría de las industrias textiles de la provincia del Chaco, que a titulo ejemplificativo mencionamos alguna como FIBRAL CHACO S.A., LAS MARIAS TEXTILES S.R.L., EMPRESA TEXTIL ROMATEX y FIBRANOR S.A.-

Por todo lo expuesto y ante la negativa expresa de Alpargatas SAIC de reconocer el derecho de nuestra parte alegando argumentos infundados e inaplicables, es que se hace procedente este reclamo judicial.-

También se reclaman las diferencias de haberes no abonada por la patronal que corresponde a la fecha de la vigencia de la Resolución No 2/93 que fuera publicada en el Boletín Oficial en el mes de Agosto de 1993, hasta el mes de Setiembre de 1994, a la cual deben sumarse los meses posteriores.-

Esta cuestión que ya ha sido resuelta en toda la República
Argentina a favor del Obrero Textil, que Alpargatas SAIC se niega a reconocer, afectando así las relaciones laborales de mis mandantes de tal forma que la misma Asociación Obrera Textil, gremio que nuclea a mis poderdantes han realizado los pertinentes reclamos para el reco-nocimiento de nuestro derecho y dicho reclamo tuvo trascendencia pública como se acredita con la publicación del día 10 de Noviembre de 1994 del “Diario”.-

Debo aclarar a V.S., que este monto no es definitivo y deben agregarse las diferencias de haberes que se devenguen en los meses futuros y sueldo anual complementario correspondiente.-

JURISPRUDENCIA:
Avalan esta postura, los siguientes fallos:

1o) Fallo No77/96 del 19 de Noviembre de 1996, en autos: “MOLINA ARSENIO y OTROS c/ALPARGATAS S.A.I.C. s/RECLAMO LABORAL - Expte. No81 - Fo14 - Ano 1995, emitido por la SALA I de este Excmo. Tribunal del Trabajo de la Provincia de Formosa.-
2o) Fallo No78/96 del 19 de Noviembre de1996, en autos: “GARAY JOSÉ ROQUE y OTROS c/ALPARGATAS S.A.I.C. s/RECLA-MO LABORAL” - Expte.78 - Fo14 - Ano 1995, emitido por la SALA I de este Excmo. Tribunal del Trabajo de la Provincia de Formosa.-

PRUEBAS.-

Ofrezco las siguientes:
1).- Absolución de Posiciones: del Representante Legal de la empresa demandada, quien deberá responder a tenor del pliego de preguntas que se adjunta.-
2).- Documental: que se adjunta: a) Poderes, Acta; b) Recibos de Sueldos de los actores.-

PRUEBA SUBSIDIARIA: Para el supuesto caso de impugnación de todas y/o algunas de las documentales que se adjuntan, solicitamos se libre Oficio a la persona que la expidió, con fotocopia de la documental impugnada, a fin de que se expida sobre su autenticidad y contenido.-

3).- EXHIBICION DE LOS LIBROS Y REGISTROS LABORALES OBLIGATORIOS.-

A tal fín se intimará a la empleadora demandada ALPARGATAS SAIC para que presente los mismos bajo apercibimiento de lo prescripto en el Art. 55 LCT y Art. 56 del CPL., especificamente el libro de sueldo y jornales, correspondiente al tiempo de servicio motivo de autos y con referencia a los accionantes.-

4).- TESTIMONIAL: Solicita nuestra parte que sean citados a la audiencia de vista de causa las siguientes personas:
1
2
3...., todos de ésta Ciudad. Para los testigos propuestos se presentará interrogatorio en la estación oportuna del proceso.-

5).- PERICIAL CONTABLE: Solicito se designe Perito Contador a fin de que se expida sobre los siguientes puntos de pericia; a) Si el accionado lleva sus libros en legal forma; b).- si los actores se encuentran registrados en sus libros; caso afirmativo, informe los sueldos que perciben y el monto de la hora abonada por la accionada; c).- realice una liquidación de las siguientes desde el mes de Agosto de 1993 hasta la fecha, de los sueldos de los actores tomando como base remunerativa $ 1 la hora laboral.-

VI).- DERECHO.-


Fundamento el mismo en la Resolución No 2/93-Art. 9 de la Ley 20744 Art. 14 bis. de la Constitución Nacional y/o cualquier otra norma aplicable al caso concreto.-

VII).- PETITORIO.- Por lo expuesto solicito:


1).- Se me tenga por presentado por parte y con domicilio legal constituido.-

2).- Se tenga por interpuesta Juicio Laboral contra Alpargatas SAIC por el pago de diferencias de haberes por la suma de la planilla de liquidación presentada, o lo que en más en menos fije V.S., según las pruebas aportadas y su sana crítica más actualización monetaria, intereses y costas resultantes.-

Debo aclarar que este monto corresponde al periodo de agosto de 1993 hasta la presentación en la presente demanda a lo cual debe agregarse las diferencias de haberes por los meses posteriores.-

3).- Se me exima de la presentación de las copias para traslado en los términos del Art. 121 del CPCC por su volumen, complejidad y cantidad.-

4).- Se haga lugar a la misma con expresa imposición de costas.-

PROVEER ASI, SERA JUSTICIA.-

 #176707  por sabrisre
 
Acuse caducidad de instancia.



INCIDENTE DE ACUSE DE CADUCIDAD DE INSTANCIA.



Señor Juez:.... , constituyendo domicilio en.... , en el juicio "... contra.... sobre sumario", a V.S. digo:



1. Me presento en autos a nombre y en representación de la demandada, de la que soy presidente. Acredito ese carácter con los estatutos sociales y actas de asamblea y directorio de donde surge mi designación.



2. Según texto del art. 315 CPCCN el demandado puede pedir la declaración de caducidad de instancia. La jurisprudencia tiene pacíficamente resuelto que esa facultad se tiene aunque la demanda no haya sido notificada al accionado (CSN, Fallos 220-1483; ED 32-48; LL 121-588 y una decena de pronunciamientos citados por Fassi, en Cód. Proc. Civ. y Com. de la N., ed. Astrea, Bs. As., t. I, p. 522, Nº 1033).



3. Este juicio se inicia a Fs..... con primera providencia del.... y desde allí pese a los claros requerimientos del Juzgado (ver Fs..... y.... ), la actora no hizo nada para acreditar lo que debía en forma. Si se considera que este juicio es sumario el término de la caducidad ha pasado hartamente. pero también la caducidad se ha operado si fuese ordinario porque ninguna de las ampliaciones resulta impulsoria (art. 310 CPCCN e interpretaciones doctrinales y jurisprudenciales existentes, Fassi, ob. cit., coment. art. 310 y SCBA JA 1968-V-433, Nº 32).



4. También ha pasado el término excepcional del art. 3980 CCRA y por otra parte no se ha invocado en autos circunstancia impeditiva alguna.



5. Podría resumirse la situación que se da en el presente juicio de la siguiente manera: Un actor que ha escrito mucho, que se advierte preocupado en presentar extensas ampliaciones dirigidas a dilatar una posible caducidad, pero que no hace lo que se le manda y resultaría idóneo para impulsar. O sea que este actor ha sido sumamente negligente en llevar adelante esta causa y responde de dicha negligencia con la caducidad que debería declararse y las costas de esta incidencia y del juicio concluido.



6. Por todo lo expuesto, de V.S. solicito: 1º Se me tenga por parte, presentado y domiciliado en el carácter invocado; 2º Se corra traslado del presente acuse; 3º En su hora se haga lugar a la caducidad planteada, con costas. SERA JUSTICIA.

Falsedad intrumental y excepciones previas.



SUSPENSION PLAZO - NULIDAD NOTIFICACION - EXCEPCION FALTA PERSONERIA - EXCEPCION FALTA ACCION - PRETENSIONES VARIAS - RECONVERSION ALQUILERES - OPOSICION INFORMATIVA -OPOSICION ESCRIBANO Y CONSULTOR TECNICO - OPOSICION CONTADOR Y CONSULTOR TECNICO - FIJACION VALOR LOCATIVO, CON CONSULTORES TECNICOS.



Señor Juez:.... por la actora con domicilio ya constituido juntamente con mi letrado patrocinante Dr..... (CPACF Tº.... , Fº.... ), en autos "... contra.... " (Expte..... ), a V.S. dice:



I. FALTA DE PERSONERIA DE LA DEMANDADA Y FALSEDAD INSTRUMENTAL: Con fundamento en el art. 347 CPCCN oponemos a la presentación de la demandada, la falta de personería de las personas presentadas y argüimos de falso el instrumento público de poder adjuntado por la contraria. En dicho poder aparece borrado totalmente el nombre de uno de los poderdantes y borrado otro nombre de poderdante con una inscripción entre líneas de una distribuidora, no salvada por el escribano. Para probarlo adjuntamos las copias recibidas que se resguardarán en la caja de seguridad del juzgado. Falso el poder, por las razones dadas desaparece la personería pretendida. Para acreditar la falla instrumental se designará calígrafo y se pasarán más adelante los antecedentes a la justicia de instrucción, pues puede haberse cometido delito de acción pública.



II. SUSPENSION DE PLAZOS: La contraria pide suspensión de plazos hasta que se determine en qué tipo de proceso nos hallamos. Ello quedó determinado en el primer proveído, diga lo que dijere la carátula. Además la contraria no mantuvo ese pedido en el petitorio de su escrito, sino que solicitó derechamente se tuviese por contestada la demanda. Esto impone el rechazo de la articulación con costas.



III. NULIDAD DE NOTIFICACION: Esta solicitud es extemporánea y no se indica, como lo exige la ley para estos planteamientos, el perjuicio sufrido. Por el contrario se contesta y se contrademanda. Además en el petitorio no se mantiene esta solicitud y se requiere se tenga por contestada la demanda. Por ello la articulación debe ser desestimada con costas.



IV. EXCEPCION DE FALTA DE PERSONERIA: La contraria opuso esta excepción mezclada con la falta de acción, confundiendo sus distintas naturalezas. No explicó en qué consiste la falta de personería que acusa. Sin embargo pidió se la resuelva como previa; pero en el petitorio final no se la mantiene y se solicita apertura a prueba. Por todas, y cada una de estas razones corresponde rechazar el recurso de la excepción, con costas.



V. EXCEPCION DE FALTA DE ACCION: No se la delimita. Contestan quienes la oponen. Además, se pide resolución como previa. No se la mantiene en el petitorio. Por todas y cada una de estas razones debe ser rechazada con costas o reservada para el final, también con costas.



VI. PRETENSIONES VARIAS: a) Valor locativo; b) Restricción del ámbito del disfrute o goce; c) Teléfono; d) Mejoras y su régimen. Pero cuando contrademanda o reconviene, la contraria no contrademanda ni reconviene por alguno de estos cuatro rubros. Consecuentemente, sus expresiones al respecto quedan como meras expresiones de deseos, pero no podrán ser materia de decisión. Y por ende, las pruebas ofrecidas a este fin, como todas las referentes al tema del valor locativo no podrán producirse y a ellas desde este mismo momento nos oponemos. Por tal motivo deberán rechazarse con costas estas cuatro pretensiones y desestimarse con costas el pedido de tasación y valor locativo del inmueble y los pedidos de informes de valores locativos de los puntos.... y.... de la prueba de la contraria.



VII. RECONVENCION POR ALQUILERES: No se adeudan alquileres a la demandada. No se puede reconvenir por alquileres en un juicio sumario, porque el trámite ejecutivo de aquéllos es diverso. Tampoco se puede accionar indeterminadamente: adjunto carta documental recibida, sin cifras. Por todo ello debe desestimarse esta reconvención en el presente juicio y también en su fondo. Niego a todo evento un supuesto contrato de locación que adjunta la contraria que ignoro, desconozco, no soy parte y a todo evento niego su autenticidad, sus contenidos y sus firmas.



VIII. PETITORIO: 1. Hacer lugar a las excepciones, con costas; 2. Tener a mi parte por negada de todos los hechos e instrumentos traídos por la contraria; 3. Ordenar la agregación de la copia de poder recibida por mi parte con la notificación de la demanda y la carta documental que contestaremos (ésta, nuestra negativa a las pretensiones de la contraria surge de autos y no puede ser debatida sino contra demanda judicial). Disponer la reserva de esta instrumentación agregada; 4. Desestimar con costas todas las oposiciones a pruebas planteadas por la contraria; 5. Tener presentes las reservas; 6. Hacer lugar a todo lo pedido por nuestra parte y de todas maneras en su momento hacer lugar a la demanda en todas sus partes con costas y rechazar con costas la reconvención y todas y cada una de las pretensiones de la contraria. Provea V.S. de conformidad. SERA JUSTICIA.

 #177030  por nadia08
 
Hola como estas? serias tan amable de enviarme, si tenes, un escrito para allanarse de la demanda en una ejecucion. Desde ya muchas gracias.

 #177743  por claudiarf
 
Necesito hacer una cesión de honorarios a un colega. Alguien tiene un modelo. Desde ya muchas gracias

 #177745  por una boga
 
Hola.. serían tan amables de facilitarme un modelo de Promueve ejecución de sentencia previsional? es por unas diferencias en el reajuste del haber jubilatorio
Gracias!! :)

 #178130  por sabri79
 
[quote="una boga"]Hola.. serían tan amables de facilitarme un modelo de Promueve ejecución de sentencia previsional? es por unas diferencias en el reajuste del haber jubilatorio
Gracias!! :)[/quote

fijate si esto te sirve de base
]SOLICITA EJECUCION.

Señor Juez:

#PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"&#, por derecho propio, manteniendo el domicilio legal constituido junto al Letrado que me patrocina, Doctor PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", en calle PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", en autos caratulados: "PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"" (Expte. Nº PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"), a V.S. digo:

Atento a que no se ha hecho efectiva la liquidación aprobada, solicito se ejecute la misma contra PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".

En consecuencia, solicito se trabe embargo por la suma resultante de la liquidación de fs. PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP". en que se encuentra la PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", con más la que V. S. estime pertinente para responder a intereses y costas.
El presente embargo deberá inscribirse condicionado que a la fecha se encuentre a nombre de PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".

Proveer de conformidad,

Será Justicia.

J: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" / S: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"
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