Foristas: si laguien me puede ayudar con un caso difícil, un empleado en negro sufre una hemiplejia en oct de 2006, y me consultan recién ahora, sin haber hecho nunca un reclamo fehaciente, en este mes le han diagnosticado incapacidad mayor al 66 % , mi pregunta es si se puede aplicar el art 212 cuarto párrafo LCT ( en cuanto a a la indemnización del art 245 LCT ) vencido el plazo de conservación del empleo de un año del art 211 LCT, estando en teoría la relación laboral vigente porque ninguna de las dos partes notificó la voluntad de rescindir, a quien sepa del tema le estaré muy agradecida de su respuesta. Saludos de Pat
Supongo que en ese estado tu cliente no ha formalizado relación laboral con otro.
YO intimaría anoticiando que no se peude reintegrar atneto a que tiene incapacidad permanente del 66 y que le abonen la indemnización del 212.
Suerte!!