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 #182429  por LUis Moreno
 
Presenté una demanda por seña no devuelta. En la contestación la demandada niega la firma. Yo me olvide de pedir en la demanda un perito en caso que se negara la demandada. Ellos contestan oponiendo excepciones y subsidiariamente contestan demanda negando la firma.

PREGUNTA. Puedo pedir peritaje de la firma ahora, en oportunidad de contestar las excepciones?. GRACIAS

 #182443  por abogado_1987
 
Hola LUis Moreno, yo interpreto que no, pero igualmente solicitaría que se designe perito calígrafo

 #182821  por ulpiano
 
Lamentablemente si no se ofreció el documento queda desconocido. Habría que ver que otras pruebas ofreciste.

 #183011  por LUis Moreno
 
[quote="ulpiano"]Lamentablemente si no se ofreció el documento queda desconocido. Habría que ver que otras pruebas ofreciste.[/quote]

gracias por la respuesta pero te comento... el documento fue presentado en la demanda, ellos niegan la firma en la contestación. Yo me olvide de pedir la pericia caligrafica en la demanda en caso de negativa, a pesar de ello, puedo pedirla lo mismo ahora? gracias y te mando un abrazo

 #183015  por claudiarf
 
Entiendo que no procede, pero al contestar el traslado tirate el lance y pedila, en una de esas pasa....

 #183059  por marale
 
Que excepciones oponen?

 #183092  por feli07
 
Que tipo de juicio es? Tramita en Capital o en Pcia? Te pregunto porque quizás podes tirarte el lance de ampliar la prueba dentro de los cinco días por los hechos nuevos alegados. O pedirle al juez que, dentro de sus facultades y como medida para mejor proveer designe pericial caligráfica.
Yo en un juicio sumario por cobro de dinero no pedí (como demandada) la prueba contable (sobre los libros del colegio cuya deuda se reclamaba) y el Juez lo ordeno de oficio.

 #183096  por DR RP
 
coincido con comentaroi anterior: tenés que fijarte que tipo de proceso es, ir a ese proceso en el cod procesal y determinar si allí hay que ofrecer toda la prueba al demandar.
si es así, en principio no podés valerte de esa prueba, pero podrías pediral que el juez la pida de oficio

para la próxima: esos asuntos son asuntos de dinero y se pueden perder en el proceso, la contraparte, por lógica, va a querer que pierdas porque es un ahorro para la contraparte e ingresos de honorarios para su abogado

 #183101  por gadriana
 
Entiendo que está precluida la etapa, pero haría como dice claudiarf.
No estás ante un hecho nuevo. El sólo plantearlo como tal advierte que omitiste ofrecer la prueba pericial generando una nueva incidencia. Hablalo en el Juzgado, tal vez como medida ante tu escrito, conforme te indica claudiarf, te provean de oficio la misma, como le pasó a feli07. Hay de todo en la justicia.
Si tuvieras algún otro documento firmado por el demandado lo podrías incorporar para su cotejo como documento anterior y desconocido, bajo el juramento de no haber tenido conocimiento del mismo y ofreciendo pericial caligráfica sobre éste y aquel agregado oportunamente.
Y si no lo tenés ... 8)
 #183130  por blancar
 
LUis Moreno escribió:Presenté una demanda por seña no devuelta. En la contestación la demandada niega la firma. Yo me olvide de pedir en la demanda un perito en caso que se negara la demandada. Ellos contestan oponiendo excepciones y subsidiariamente contestan demanda negando la firma.

PREGUNTA. Puedo pedir peritaje de la firma ahora, en oportunidad de contestar las excepciones?. GRACIAS
No dijiste donde litigas para saber que código te rige. Sin embargo en la mayoría de los procedimientos, la única prueba que debe ofrecerse juntamente con la demanda es la documental. La pericial puede ofrecerse dentro de los primeros días del periódo de prueba. O sea que estás a tiempo.Salvo que se tratede un juicio sumario o sumarísimos en los que todas las pruebas deben ofrecerse en la demanda.
Sin perjuiciode lo dicho ¿leiste el artículo del codigo procesal nacional ?COTEJO

Art. 390. - Si el requerido negare la firma que se le atribuye o manifestare no conocer la que se atribuya a otra persona, deberá procederse a la comprobación del documento de acuerdo con lo establecido en los artículos 458 y siguientes, en lo que correspondiere.

A mi criterio no debes aflijirte., estás a tiempo de ofrecer dicha prueba en la etapa probatoria
 #192335  por kapobianco
 
LUIS MORENO COMO FUE TU CASO Y COMO SE RESOLVIO? YO TB ESTOY INTENTANDO OBTENER DEVOLUCION DE SEÑA
 #1068525  por staburet
 
Estimados, queria saber si alguno de ustedes tiene Modelo de Demanda orientadora por este tema de Cobro de Seña No devuelta, nunca inicie atento que hago laboral, saludos y gracias, Sergio