dani_7 escribió:no te olvides de mandar copia a afip.
Disculpá que me meta pero me surge una dida, seguramente me vas a poder ayudar... siendo que ya la despidieron telefónicamente, tiene impedida la entrada a su lugar de trabajo... cómo hace para dejar transcurrir los 30 días para darse por despedida? pierde las multas?
Por ejemplo si alguien intima, y después en represalia no la dejan entrar más, cómo prueba que se da por despedida por esta situación y no perder las multas?... sirve como prueba por ejemplo ir ese día con alguien al trabajar y después citarlo como testigo de lo sucedido????
Gracias por ser siempre tan clara con las respuestas. Facu.