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  • Convenio Colectivo y recategorización

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #184824  por ariel648
 
Trabajador que es guardia de seguridad y esta bajo relación de dependencia en una empresa de limpieza, esta categorizado como operario, esta afiliado al sindicato de SOELSAC y la actividad se rige por el convenio colectivo 392/2004, la cuál no contempla las tareas de vigilador.
Dichas tareas son contempladas por el convenio colectivo de SUVICO. Mi pregunta es: 1- Debo reclamar judicialmente la recategorización?. 2- Cuál es la autoridad de aplicación en estos casos?

 #184849  por MORGAN
 
Por supuesto podés reclamar la correcta registración y el pago de las diferencias de salarios si hubiere, antes fijate primero 2 cosas: que el CCT sea más beneficioso y que este señor quiera seguir trabajando. La autoridad de aplicación es el Ministerio de Trabajo.

 #185137  por ariel648
 
MORGAN escribió:Por supuesto podés reclamar la correcta registración y el pago de las diferencias de salarios si hubiere, antes fijate primero 2 cosas: que el CCT sea más beneficioso y que este señor quiera seguir trabajando. La autoridad de aplicación es el Ministerio de Trabajo.
Gracias por tu respuesta.

 #185138  por ariel648
 
El reclamo debo realizarlo por la ía judicial o administrativamente ante el ministerio de trabajo?.