Hola! ayudita por favor!
Causante vive y muere en Santa Fé, los herederos viven en pcia. Bs. As. quieren iniciar la sucesión acá... la ley 9229 otorga una opción a los que inician la sucesión de prorrogar la jurisdicción, pero en este caso también? la ley es pcial. e intervienen dos pcias? desde ya mil gracias!
Causante vive y muere en Santa Fé, los herederos viven en pcia. Bs. As. quieren iniciar la sucesión acá... la ley 9229 otorga una opción a los que inician la sucesión de prorrogar la jurisdicción, pero en este caso también? la ley es pcial. e intervienen dos pcias? desde ya mil gracias!