Estimados colegas, les hago una consulta. En un juicio ejecutivo por cobro de alquileres en pcia de BsAs, logré embargarle el sueldo a los demandados y hay cuenta en el banco con los fondos depositados (por demás xq a los dos demandados se les embargó por el total). Yo ya practiqué liquidación, está aprobada y cuando pido el cheque para mi cliente el juzgado dice que previo deben estar pagos los aportes. El tema es que mi cliente no tiene dinero para pagarme los honorarios (pacté con el un 20%) y aportes hasta cobrar el cheque, y el Juzgado no me libra el cheque hasta que no pague los aportes. Qué hago?????
Puedo pedir cheque por los honorarios regulados (atento haber fondos de sobra en la cuenta y dado que las costas se impusieron a los demandados) y luego acreditar el pago de aportes y recién ahí pedir el giro por la liquidación de mi cliente?
Y con los aportes del letrado de la demandada, también tienen que estar pagos para poder libra el cheque?
Agradezco cualquier orientación que me puedan brindar!!!!!!
Puedo pedir cheque por los honorarios regulados (atento haber fondos de sobra en la cuenta y dado que las costas se impusieron a los demandados) y luego acreditar el pago de aportes y recién ahí pedir el giro por la liquidación de mi cliente?
Y con los aportes del letrado de la demandada, también tienen que estar pagos para poder libra el cheque?
Agradezco cualquier orientación que me puedan brindar!!!!!!
"Trabaja como si no necesitaras el dinero. Ama como si nunca te hubieran herido y Baila como si nadie te estuviera viendo"