Les comento lo que me paso hoy que es realmente extrano....
En 2003 se inicia una accion de amparo por inconstitucionalidad a razon de la ley de pesificacion. Se radica en La Plata, en el juzgado Federal 4, Secretaria 13 a cargo de la Dra. Silvina Romero. En ese momento tramitaron muchisimos amparos por diferenica de pesificacion, se perseguia que se devuelva la diferencia de 1.40 de lo que daban en la extraccion con la cotizacion del dolar del dia del retiro.
El actor pide medida cautelar y esta es otrogada, dandole el total de dicha diferencia de pesificacion. La cautelar se notifica mediante oficio, y la entidad bancaria (el Estado nunca se presento como parte) apela. Pasan los anos, y Camara finalemente decide. Confirma la cautelar y solo altera la forma de liquidar, en vez de dar la diferenica de 1.4 con la cotizacion del dolar el dia que se retira el dinero, usa el fallo Mazza y dice quer se le pague al actor 1.4 mas CER mas 4 % de intereses. La entidad intenta el recurso federal, la camara lo deniega y por fin baja al juzgado de primera instancia.
Tomo la causa en ese momento, sustituyo patrocinio, denuncio el incumplimiento de aquel primer oficio de primera instancia (no lo habian denunciado los abogados anteriores) y solicito se libren nuevos oficios a la entidad bancaria puesto que se cambio parcialmente lo resuelto por el juez de primera instancia.
ACA VIENE LO INCREIBLE: Hoy paso a ver como iba el escrito que presente la semana pasada y me dicen que el expediente habia sido enviado a Capital Federal puesto que se envio el expediente al Fiscal y este dijo que no era competente el juzgado, la entidad bancaria tiene DOMICILIO EN CAPITAL, no asi el actor. Fuera de lo discutible de la competencia, camara ya se habia expedido y habia mandado a pagar la cautelar.
No se como tan rapido el juez resolvio, pasaron los 5 dias habiles y quede notificado ministerio ley y mi causa fue a parar a Capital.
Hoy la verdad que no entiendo bien como estoy parado, esto va a llegar a un nuevo juzgado, en ese nuevo juzgado puedo solicitar se libren los oficios para que se cumpla lo dispuesto en camara? Ese seria el camino mas rapido para cobrar la medida cautelar? que vision les merece lo aqui expuesto? Colegas, AYUDAAA!!
En 2003 se inicia una accion de amparo por inconstitucionalidad a razon de la ley de pesificacion. Se radica en La Plata, en el juzgado Federal 4, Secretaria 13 a cargo de la Dra. Silvina Romero. En ese momento tramitaron muchisimos amparos por diferenica de pesificacion, se perseguia que se devuelva la diferencia de 1.40 de lo que daban en la extraccion con la cotizacion del dolar del dia del retiro.
El actor pide medida cautelar y esta es otrogada, dandole el total de dicha diferencia de pesificacion. La cautelar se notifica mediante oficio, y la entidad bancaria (el Estado nunca se presento como parte) apela. Pasan los anos, y Camara finalemente decide. Confirma la cautelar y solo altera la forma de liquidar, en vez de dar la diferenica de 1.4 con la cotizacion del dolar el dia que se retira el dinero, usa el fallo Mazza y dice quer se le pague al actor 1.4 mas CER mas 4 % de intereses. La entidad intenta el recurso federal, la camara lo deniega y por fin baja al juzgado de primera instancia.
Tomo la causa en ese momento, sustituyo patrocinio, denuncio el incumplimiento de aquel primer oficio de primera instancia (no lo habian denunciado los abogados anteriores) y solicito se libren nuevos oficios a la entidad bancaria puesto que se cambio parcialmente lo resuelto por el juez de primera instancia.
ACA VIENE LO INCREIBLE: Hoy paso a ver como iba el escrito que presente la semana pasada y me dicen que el expediente habia sido enviado a Capital Federal puesto que se envio el expediente al Fiscal y este dijo que no era competente el juzgado, la entidad bancaria tiene DOMICILIO EN CAPITAL, no asi el actor. Fuera de lo discutible de la competencia, camara ya se habia expedido y habia mandado a pagar la cautelar.
No se como tan rapido el juez resolvio, pasaron los 5 dias habiles y quede notificado ministerio ley y mi causa fue a parar a Capital.
Hoy la verdad que no entiendo bien como estoy parado, esto va a llegar a un nuevo juzgado, en ese nuevo juzgado puedo solicitar se libren los oficios para que se cumpla lo dispuesto en camara? Ese seria el camino mas rapido para cobrar la medida cautelar? que vision les merece lo aqui expuesto? Colegas, AYUDAAA!!