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  • TRABAJADOR CONTRA EMPLEADOR CHINO AYUDA!!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #17460  por AIDA
 
HOLA A TODOS!!!!

Necesito opiniones que me ayuden a resolver este caso

tengo un cliente que trabajo para un chino desde 06/2005 (EN BLANCO)en jornada completa de 13 horas diarias Sin embargo el pago era por Media Jornada..

En 06/2006 se transfiere el fondo de comercio a otro chino, sin embargo continua el anterior que es el unico que conocen los empleados Es decir es la cara visible y en principio seria el verdadero dueño pero no consta en ningun lado.
Indujeron a renunciar a mi cliente en septiembre de 2006 es decir posterior a la transferencia del comercio y en el mismo mes lo inscriben a prueba . como si recien comenzara a trabajar. Esta parte la tengo clara ya que a pesar de la transferencia el contrato laboral continua manteniendo la antigüedad salvo el tema de la renuncia que debere probar el estado de debilidad de mi cliente.
mi cliente es despedido verbalmente el 01/2007 envio telegrama reclamando todos los rubros indemnizatorio mas horas extras etc etc contestan negando todo ai es que fuimos al seclo.

En la primer audiencia se presento una abogada en calidad de gestora de negocios y alegando que su cliente estaba enfermo, pidio la liquidacion a fin de negociar ,se fijo una 2º audiencia ,en esa audiencia se presenta el chino con la misma abogada ( no es la abogada de El,la otra es China)

y Oh sorpresa!!!!! mi cliente no reconocio al chino que se presentó sin embargo es el que figura como empleador . este hombre dijo no entender el idioma ( tengo mis dudas) se fijo una 3º audiencia a la que debia concurrir con un interprete . Bien, se presento con la abogada china, tratamos de negociar ofreciendo sumas irrisorias .Al final hubo un principio de acuerdo ya que ella hablo con el chino que todos los empleados conocen Se fijo una 4º audiencia ya para firmar el acuerdo y fijar fecha de pago, pero al final se cerro la conciliacion sin acuerdo EL CHINO no quiere pagar El no figura en ningun lado es decir ,que el supuesto empleador es un testaferro.

Ahora vamos a juicio!!!! y aca se presenta el problema.
1º NO tengo el domicilio real del chino y no se como lograrlo ya que en la camara electoral no figura
de la Afip surge el domicilio fiscal pero no el real
no es una sociedad figura como unipersonal

2º quiero pedir una cautelar porque sospecho que van a transferir de nuevo y con la contracautela ( uno de los requisito para que autoricen la medida) como hago ? es aplicable en los juicios laborales?

Por favor diganme que harian ustedes respecto del domicilio real y la medida cautelar

saludos a todos

PD ::y si alguien tiene algun fallo que hable del tema sobre todo acerca del maniobrar de los chinos en la relaciones comerciales y laborales
AIDA

 #18469  por Dominick
 
En mi opinión toda notificación la practicaría en el lugar de trabajo, y si hacen transferencia del fondo de comercio tienen que publicar edictos en el boletín oficial, convocando a los acreedores de este, allí te podes presentar y solicitar eventualmente un embargo en el juicio laboral si ya tenes sentencia, una cautelar sin sentencia, opino que podría ser viable si das con esos edictos ya que tu temor es más que fundado.-

El tema es que los chinos, coreanos y demás orientales tienen beneficios impositivos por una cierta cantidad de años cuando se les terminó el plazo, cambian de titular para que el beneficio no se termine nunca.-

Independientemente de esto recordá que la L.C.T. dice en su Art. 225. —Transferencia del establecimiento.

En caso de transferencia por cualquier título del establecimiento, pasarán al sucesor o adquirente todas las obligaciones emergentes del contrato de trabajo que el transmitente tuviera con el trabajador al tiempo de la transferencia, aun aquéllas que se originen con motivo de la misma. El contrato de trabajo, en tales casos, continuará con el sucesor o adquirente, y el trabajador conservará la antigüedad adquirida con el transmitente y los derechos que de ella se deriven.

Espero haber sido de ayuad.-
 #18510  por optcsa
 
1º) Denunciale el domicilio que conozcas, y después fijate como lo arreglas. Eso si, si vas a demandar asegurate que lo hayas citado al SECLO, así no te cagan, y te mandan al SECLO de vuelta al comenzar el juicio;

2º) En cuanto a la cautelar, olvídate si es Cap. Fed. porque es muy pero muy difícil de que lo otorguen;

3º) En el reclamo subraya bien, que hubo fraude al hacer que renuncie y lo incorpore otro: SIEMPRE QUE EL LUGAR DE TRABAJO FUERA EL MISMO;

4º) Suerte.
AIDA escribió:HOLA A TODOS!!!!

Necesito opiniones que me ayuden a resolver este caso

tengo un cliente que trabajo para un chino desde 06/2005 (EN BLANCO)en jornada completa de 13 horas diarias Sin embargo el pago era por Media Jornada..

En 06/2006 se transfiere el fondo de comercio a otro chino, sin embargo continua el anterior que es el unico que conocen los empleados Es decir es la cara visible y en principio seria el verdadero dueño pero no consta en ningun lado.
Indujeron a renunciar a mi cliente en septiembre de 2006 es decir posterior a la transferencia del comercio y en el mismo mes lo inscriben a prueba . como si recien comenzara a trabajar. Esta parte la tengo clara ya que a pesar de la transferencia el contrato laboral continua manteniendo la antigüedad salvo el tema de la renuncia que debere probar el estado de debilidad de mi cliente.
mi cliente es despedido verbalmente el 01/2007 envio telegrama reclamando todos los rubros indemnizatorio mas horas extras etc etc contestan negando todo ai es que fuimos al seclo.

En la primer audiencia se presento una abogada en calidad de gestora de negocios y alegando que su cliente estaba enfermo, pidio la liquidacion a fin de negociar ,se fijo una 2º audiencia ,en esa audiencia se presenta el chino con la misma abogada ( no es la abogada de El,la otra es China)

y Oh sorpresa!!!!! mi cliente no reconocio al chino que se presentó sin embargo es el que figura como empleador . este hombre dijo no entender el idioma ( tengo mis dudas) se fijo una 3º audiencia a la que debia concurrir con un interprete . Bien, se presento con la abogada china, tratamos de negociar ofreciendo sumas irrisorias .Al final hubo un principio de acuerdo ya que ella hablo con el chino que todos los empleados conocen Se fijo una 4º audiencia ya para firmar el acuerdo y fijar fecha de pago, pero al final se cerro la conciliacion sin acuerdo EL CHINO no quiere pagar El no figura en ningun lado es decir ,que el supuesto empleador es un testaferro.

Ahora vamos a juicio!!!! y aca se presenta el problema.
1º NO tengo el domicilio real del chino y no se como lograrlo ya que en la camara electoral no figura
de la Afip surge el domicilio fiscal pero no el real
no es una sociedad figura como unipersonal

2º quiero pedir una cautelar porque sospecho que van a transferir de nuevo y con la contracautela ( uno de los requisito para que autoricen la medida) como hago ? es aplicable en los juicios laborales?

Por favor diganme que harian ustedes respecto del domicilio real y la medida cautelar

saludos a todos

PD ::y si alguien tiene algun fallo que hable del tema sobre todo acerca del maniobrar de los chinos en la relaciones comerciales y laborales
AIDA
 #19255  por AIDA
 
optcsa escribió:1º) Denunciale el domicilio que conozcas, y después fijate como lo arreglas. Eso si, si vas a demandar asegurate que lo hayas citado al SECLO, así no te cagan, y te mandan al SECLO de vuelta al comenzar el juicio;

2º) En cuanto a la cautelar, olvídate si es Cap. Fed. porque es muy pero muy difícil de que lo otorguen;

3º) En el reclamo subraya bien, que hubo fraude al hacer que renuncie y lo incorpore otro: SIEMPRE QUE EL LUGAR DE TRABAJO FUERA EL MISMO;

4º) Suerte.

hola optcsa gracias por tu respuesta

te digo ya fui al SECLO y se cerro sin acuerdo. pero como hay un chino que es el que todos conocen como dueño y otro que es el que figura legalmente no puedo obtener el domicilio real . Pero lo que voy a hacer es pedir se ordene librar oficio a la camara electoral porque los extranjeros radicados no tienen obligacion de votar pero si quieren pueden hacerlo por lo que se encuentra en el padron.

una pregunta porque decis que la cautelar no me la otorgaran ?
AIDA

AIDA escribió:HOLA A TODOS!!!!

Necesito opiniones que me ayuden a resolver este caso

tengo un cliente que trabajo para un chino desde 06/2005 (EN BLANCO)en jornada completa de 13 horas diarias Sin embargo el pago era por Media Jornada..

En 06/2006 se transfiere el fondo de comercio a otro chino, sin embargo continua el anterior que es el unico que conocen los empleados Es decir es la cara visible y en principio seria el verdadero dueño pero no consta en ningun lado.
Indujeron a renunciar a mi cliente en septiembre de 2006 es decir posterior a la transferencia del comercio y en el mismo mes lo inscriben a prueba . como si recien comenzara a trabajar. Esta parte la tengo clara ya que a pesar de la transferencia el contrato laboral continua manteniendo la antigüedad salvo el tema de la renuncia que debere probar el estado de debilidad de mi cliente.
mi cliente es despedido verbalmente el 01/2007 envio telegrama reclamando todos los rubros indemnizatorio mas horas extras etc etc contestan negando todo ai es que fuimos al seclo.

En la primer audiencia se presento una abogada en calidad de gestora de negocios y alegando que su cliente estaba enfermo, pidio la liquidacion a fin de negociar ,se fijo una 2º audiencia ,en esa audiencia se presenta el chino con la misma abogada ( no es la abogada de El,la otra es China)

y Oh sorpresa!!!!! mi cliente no reconocio al chino que se presentó sin embargo es el que figura como empleador . este hombre dijo no entender el idioma ( tengo mis dudas) se fijo una 3º audiencia a la que debia concurrir con un interprete . Bien, se presento con la abogada china, tratamos de negociar ofreciendo sumas irrisorias .Al final hubo un principio de acuerdo ya que ella hablo con el chino que todos los empleados conocen Se fijo una 4º audiencia ya para firmar el acuerdo y fijar fecha de pago, pero al final se cerro la conciliacion sin acuerdo EL CHINO no quiere pagar El no figura en ningun lado es decir ,que el supuesto empleador es un testaferro.

Ahora vamos a juicio!!!! y aca se presenta el problema.
1º NO tengo el domicilio real del chino y no se como lograrlo ya que en la camara electoral no figura
de la Afip surge el domicilio fiscal pero no el real
no es una sociedad figura como unipersonal

2º quiero pedir una cautelar porque sospecho que van a transferir de nuevo y con la contracautela ( uno de los requisito para que autoricen la medida) como hago ? es aplicable en los juicios laborales?

Por favor diganme que harian ustedes respecto del domicilio real y la medida cautelar

saludos a todos

PD ::y si alguien tiene algun fallo que hable del tema sobre todo acerca del maniobrar de los chinos en la relaciones comerciales y laborales
AIDA
 #19303  por ramon
 
aida en esto esto estoy con vos, hay que combatir a estos empleadores, no se como ayudarte porque no soy abogado, pero lucha para que sea favorable para tu cliente. te cuento que en la estacion de s° que concurro yo todos los dias a cargar combustible , se que el dueño de esa estacion les da el recibo se sueldo todo normal ,pero plata en mano les paga la mitad del sueldo, si supiera como proceder en esos casos les ayudaria a los empleados, y encima casi todos los meses cambia de auto o camioneta como si nada el dueño y ultimo modelo he. aida tampoco eso me gusta de la parte empleadora me da bronca que se haga eso. todo esto , tenemos que cambiar para que no suceda todos estos atropellos. ahora tengo una duda porque me dices que yo quiero tener empleados gratis en el otro post de sorprendido, si yo nunca mencione esa parte. me lo aclaras pleasse
 #19350  por AIDA
 
ramon escribió:aida en esto esto estoy con vos, hay que combatir a estos empleadores, no se como ayudarte porque no soy abogado, pero lucha para que sea favorable para tu cliente. te cuento que en la estacion de s° que concurro yo todos los dias a cargar combustible , se que el dueño de esa estacion les da el recibo se sueldo todo normal ,pero plata en mano les paga la mitad del sueldo, si supiera como proceder en esos casos les ayudaria a los empleados, y encima casi todos los meses cambia de auto o camioneta como si nada el dueño y ultimo modelo he. aida tampoco eso me gusta de la parte empleadora me da bronca que se haga eso. todo esto , tenemos que cambiar para que no suceda todos estos atropellos. ahora tengo una duda porque me dices que yo quiero tener empleados gratis en el otro post de sorprendido, si yo nunca mencione esa parte. me lo aclaras pleasse

HOLA RAMON !!!!!!!

Yo no digo que vos queres tener o que tenes empleados digo que por tu ahinco en defender a la patronal me da la sensacion que perteneces a la patronal y no lo decis pero es solo eso una sensacion. En cuanto al caso de los chinos yo no tengo nada contra ellos en particular sino con todos aquellos que operan ilicitamente en disfavor de los trabajadores Lo que sucede es que en gral los orientales actuan de este modo. El ministerio de trabajo deberia controlar mas a estos empleadores ya que es vox populi el accionar de esta s colectividades.
Si te sentiste ofendido te pido disculpas ya que fue sin animo alguno, a veces estos temas me acaloran un poco.
AIDA
 #19404  por ramon
 
[ Hola AIDA:
YO NUNCA DIJE QUE DEFENDIA A LA PARTE PATRONAL, con este mensaje aca lo demuestro, solo queria que las leyes para ambas partes sean mas parejas y asi podamos comvivir mejor empleado y empleador y crei que esas dos rasones que expuse en el otro post podrian ser las causas de tanto trabajo no registrado pero se interpreto mal la pregunta ,creo, y me quisieron comer vivo, pero no importa no les guardo rencor a nadie y acepto todo con la mas pura normalidad ,en el afan de querer sumar creo que reste, asi que mejor doy por terminado el tema. solo que me voy con una duda? si las causa que expuse no son las correctas cuales cree ud. o uds. que son la de tanto trabajo no registrado. gracias.
 #19606  por AIDA
 
ramon escribió:[ Hola AIDA:
YO NUNCA DIJE QUE DEFENDIA A LA PARTE PATRONAL, con este mensaje aca lo demuestro, solo queria que las leyes para ambas partes sean mas parejas y asi podamos comvivir mejor empleado y empleador y crei que esas dos rasones que expuse en el otro post podrian ser las causas de tanto trabajo no registrado pero se interpreto mal la pregunta ,creo, y me quisieron comer vivo, pero no importa no les guardo rencor a nadie y acepto todo con la mas pura normalidad ,en el afan de querer sumar creo que reste, asi que mejor doy por terminado el tema. solo que me voy con una duda? si las causa que expuse no son las correctas cuales cree ud. o uds. que son la de tanto trabajo no registrado. gracias.

Hola Ramon!!!

La crisis económica por un lado,que viene arrastrando el pais desde hace muchos años, y por el otro, lo de siempre, la patronal no quiere que le toquen un peso de mas , literalmente no quiere pagar. y por otro lado, nunca va a ser pareja, con o sin leyes y sabe porque? porque es una cuestion de clase lisa y llanamente.
La ley de contrato de trabajo tiene varios años ya, aunque en términos históricos no son tantos y surge a raiz de las tremendas violaciones a los trabajadores, y a pesar de la ley y los sindicatos, hoy,se siguen violando esos derechos, la patronal en algunos casos es ciega y sorda ante las leyes. Imaginese lo que seria sin ellas. Fijese que la ley que regula la jornada laboral data del año 29 y nadie en 80 años la ha respetado salvo muy raras excepciones y sabe por qué? porque la patronal quiere explotar al máximo al pobre desvalido y necesitado. La ley es mas que justa, aunque no hay leyes justas o injustas´, son normas que regulan conductas y punto, pues si no existiera, repito una vez mas ,volveríamos a los sueldos de hambre, aunque no estan muy lejos de serlo, mejoró con este gobierno ,es justo decirlo, y a una suerte de esclavitud y le aseguro que en muchos casos es asi. Por ejemplo las empleadas de los comercios de ropa que trabajan en la gran mayoria de las veces jornadas de 12 horas y NO PUEDEN SENTARSE .Las chicas de 20 a 30 años tienen várices y sabe? existe una ley que se llamó LA LEY DE LA SILLA propuesta por el Dr Alfredo Palacios ( socialista ) en los años 50 a la patronal le importa un bledo esto ,si la empleada se enferma por esto, simplemente la despide o la lleva a que renuncie. Para ellos es descartable, no le sirve mas. Porque cree que hay tanta publicidad respecto de la medicina flebológica? porque no esta dirigida a las señoras de mas de 60, no, sino a las chicas de veintitantos años. las varices, antes, aparecian por el embarazo y recién a los 40 y pico pero hoy las chicas jóvenes ya se han operado en muchos casos. Esto señor se llama explotación, y esclavitud, con otro disfraz. claro
Ramón el tema es muy interesante y polémico tiene muchas aristas pero es complicado tratarlo aquí
En estos casos no es blanco o negro, como en todas las cosas existen los grises.
La gente reaccionó porque el tema invita al debate pero Ud fue muy subjetivo hay que ser mas imparcial y analizarlo objetivamente sino pasamos a ser injustos.

Saludos y Felices Pascuas

AIDA

 #19705  por jfrotela
 
hola Aida... mas alla de los debates particulares (estoy con vos), y volviendo al tema de los chinos, como experiencia personal te cuento que a mi me tuvieron como no presentada una demanda en capital porque no pude notificar a aquellos que si se habian presentado al seclo con una modalidad muy similar a la que contaste. intenta con el domicilio del comercio. seguramente cuando llegue la cedula van a desconocerla y no la van a recibir. Espero tengas suerte. Saludos. Franco