el calculo es de la siguiente manera, segun ley de riesgo: se congelo el dia del accidente el sueldo basico ej: ($1200), se congelo tambien la edad (21 años), y su lesion es rotura de ligamentos cruzados y meñizcos (operado quirurjicamente) mas o menos 15 puntos de incapacidad, siempre se le agrega coeficiente de 53, entonces la cuenta es la siguiente
$1200 (sueldo) x 53 (coeficiente) x 15 (incapacidad) x la diferencia de 65 (jubilacion) / 25 (edad del accidentado)= 2.6, todo dividido 100
Ejemplo: $1200 x 53 x 15 x 2.6 / 100 = $ 24.804 por ley de riesgo
cuando vendo las carpetas a los abogados en lo laboral siempre se hace estas cuentas y es lo que tiene que pagar la ART despues de la junta medica, si queres saber que ART es pagadora o demas sobre como reclamar a las ART me podes llamar.
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Última edición por Webmaster el Vie, 12 Jun 2009, 11:59, editado 1 vez en total.
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JORGE, CAPTADOR DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y DE TRANSITO.