hola a todos! tengo un cliente que tuvo en negro a un empleado por 5 años. Hace dos meses lo blanqueó y hace una semana el empleado hizo abandono de trabajo. Mi cliente lo intimó para que reanudare tareas y al no hacerlo quedó despedido por esa causa. El tema es que el empleado ahora le reclama la multa que prevee la ley nacional de empleo y de antievasion. El tema es que uno de los requisitos para que ella proceda es que el empleado intime al empleador durante la vigencia de la realcion laboral por estos conceptos. MI preguinta es: al no haberlo hecho el trabajador, legalmente puede igualmente reclamarle a mi cliente las multas previstas? gracias a quien pueda aclararme el problema.
GSL