Hola:
Tengo cierta dificultad en comprender la diferencia entre cosa juzgada formal y cosa juzgada material ¿tendrían alguna definición para pasarme al respecto?
De lo que tengo leído, creo que lo que pasa a ser cosa juzgada formal no puede revertirse, en tanto lo que es cosa juzgada material puede reverse en un proceso posterior, es así?
Tengo cierta dificultad en comprender la diferencia entre cosa juzgada formal y cosa juzgada material ¿tendrían alguna definición para pasarme al respecto?
De lo que tengo leído, creo que lo que pasa a ser cosa juzgada formal no puede revertirse, en tanto lo que es cosa juzgada material puede reverse en un proceso posterior, es así?