Hola colegas! Querìa poner en consideracion de Uds. lo siguiente: estoy demandando a un consorcio, en las audiencias del SECLO nadie se presento, quedò notificado de la demanda, y vencido el plazo no contestaron. El tema es que se lo declarara rebelde pero como era una trabajadora en negro, quizàs el nombre con el que se lo demando al consorcio no sea ìntegro, generalmente llevan el nombre de la calle y numero donde se encuentran ubicados, y asi se lo demando. La pregunta es la siguiente: Que pasa si llego a la sentencia y el consorcio tiene alguna variaciòn en su nombre, se torna inejecutable la condena? Es viable la futura correcciòn o corresponde pedir alguna medida para mejor proveer con caràcter previo a la declaracion de rebeldìa. Que opinan se trata de una chicana procesal de los representantes del consorcio?
Espero sus opiniones profesionales.
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