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  • Me conviene hacer la denuncia? Choque..

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 #197945  por Maia
 
Hola a todos, me consultan por un choque de un repartidor que lo embistió otro vehículo. El de la moto tiene varias lesiones. La art ya lo vio pero como es hermano del dueño no lo va a demandar a él. El tema es que la moto no tiene seguro ni papeles.. (uff), por lo tanto no podría estar circulando.. que me conviene hacer? La denuncia de choque no se si la van a tomar sin los papeles, la moto quedó secuestrada y el que lo chocó está demorado. Me tomarán la denuncia de choque? me conviene decir que estaba trabajando (me imagino que no porque si se vuelve en contra podrían reclamarle al propietario del local..)? Podría el otro conductor demandarlo por estar circulando sin papeles? Gracias por sus respuestas.

 #198051  por martamosquera
 
Maia: lamento decirte que, a mi entender, no tenes mucho por hacer en tu caso.
En primer lugar, no creo que a tu cliente le devuelvan la moto en la comisaria si no tiene ningún papel.
Por otra parte, en lo que se refiere al reclamo en la compañia de seguros del vehículo que lo embistió, tampoco podes hacer nada porque necesitas la documentación de la moto y ésta debe estar, a su vez asegurada.

 #200518  por da_vi_d
 
Hola, mira yo averiguaria si el que lo choco tiene seguro o bienes a su nombre de ser este el caso efectua la correspondiente denuncia a los efectos de poder realizar el reclamo o en su caso la demanda.
El hecho de que la moto no tenga papeles no quita responsabilidad por los daños sufridos en la persona espero te sirva :)

 #200547  por julietita
 
No necesariamente el motovehículo tiene que estar asegurado, he tenidos casos en donde no tenía cobertura al momento del siniestro, y presentado una declaración jurada pudo salvarse.
Por otro lado, en cuanto a la entrega de la moto, no se hará entrega en caracter de depositario judicial ya que no puede acreditar titularidad, salvo que tenga un formulario 08 firmado por el vendedor.
No hace falta la denuncia por choque, ya que se abrió una causa por lesiones, ya que vos decís que el embistente fue demorado, por lo que no hace falta realizar ninguna denuncia más. Sólo te quedaría instar la acción penal, si correspondiese para el eventual reclamo civil.
Ahora la pregunta del millon.....cuáles son los papeles que tiene o no sobre el vehículo, de eso dependerá el reclamo, aunado a la posibilidad de realizar el trámite para la transferencia o por lo menos firmar formulario 08 firmado por el titular.
Espero que haya sido útil

 #200821  por leoeuskal
 
Como te va, mira para mi, que inste la accion penal, no le cuesta nada y vos le podes hacer la gestion en la ufi, y es una herramienta de presion mas que tenes para negociar el arreglo. (si es en provincia podes pedir que la remitan a mediacion a ORAC)
Respecto del tramite en el seguro, intentalo, responsabilidad del envistente hay siempre, a lo sumo te van a oponer culpa concurrente del motoquero, pero algo te van a ofrecer (depende la cnia de seguros).
Que se gaste unos manguitos y conseguite el informe de un legista.
Los papeles de la moto, salvo que sea robada, aunque sea un boleto debe tener, o no?

 #200909  por Tiziano
 
Hola a todos...lindo temita para analizar, permitanmé alguna conclusión puesto que a mi entender los preopinantes aciertan en varios conceptos.
Con respecto de la ART, si intervino, es que el motociclista tiene algún grado de legalidad laboral con su hermano, lógico es pensar que no accionará contra él por el vínculo, solo tené en cuenta que si la ART indemniza algún grado de incapacidad del lesionado, está será incompatible con la posible indemnización por incapacidad lograda del seguro del embistente/conductor/titular del vehículo.
Con respecto de la defensa de la citada en garantía y/o el titular y/o conductor, si esgrime que no corresponde la indemnización por la circulación del motociclista sin seguro, esto será improcedente puesto que la obligación legal es tener asegurada la responsabilidad civil ante el daño ocasionado a otro, no para persibir la indemnización por el daño que otro me infringe, por lo tanto la falta de seguro del motociclista no exime de responsabilidad a quién lo embiste, salvo que pudieran probar que el daño se ocasionó por la propia culpa del motokero.
Interpreto que si el conductor del vehículo fue demorado, es porque el conductor de la moto sufrió lesiones graves, de no ser así, si fueran leves no debería de haber sido demorado, pero como en este país pasa cualquier cosa, se debería de averiguar si se inició acción penal de oficio y si no fuera así, iniciarla por acción pública de instancia privada, es cierto que presiona a la citada y por lo gral se ven obligados a negociar.
Teniendo en cuenta que aparentemente no hay seguro ni papeles, creo que todo reclamo particular en la Cia será rechazado, yo iniciaría la acción civil directamente.
Sin duda alguna, desde mi entender, podrá ir por todo el daño en su persona (siempre y cuando no haya sido exageradamente por su culpa) la duda que tengo es si podrá hacerlo por los daños en la moto, esto de los papeles, si bien no lo inhiben de iniciar la acción por los daños en su persona, pueden dejarlo afuera del reclamo por la moto. Ahora yo pregunto...si una moto es poseida legalmente, recordemos que para poseer no hace falta producir ningún título, "el posee porque posee"...y no se le pueda comprobar ningún robo, ejemplo de ello sería una donación gratuita sin producir el título legal correspondiente, ¿es esto suficiente para negar su derecho de resarcimiento sobre los daños en la moto? ¿no bastaría llamar a declarar al titular para ratificar la donación?
¿significa esto que solo está legitimado el titular del bien mueble registrable para hacer el reclamo?
La dejo picando....Gracias.

 #200972  por maximvs
 
Una cosa es el reclamo por daños materiales de la moto que SIEMPRE LO HACE EL TITULAR REGISTRAL, al no tener en este caso, no se reclama. La segunda los daños fisicos reclama quien sufrio la lesion, independeintemente del titular registral. Hace la denuncia y reclama a ese seguro, van a pagar y mucho si es que esta muy lastimado. El no tener documentacion es una infraccion de transito y como tal corresponde una multa, no libera de responsabilidad civil al embistente/seguro/titular registral del vehiculo embistente. Solamente podes tener inconvenientes para reclamar si la moto tenia pedido de secuestro, es decir si era robada ya que enn este caso si es causal de exclusion de cobertura.

 #200978  por Maia
 
Muchas gracias a todos por sus respuestas!!