Hay una persona que esta inhibida en el registro de la propiedad de la Pcia BaAs.
La misma tiene la posibilidad de tener una propiedad a su nombre, que no la inscribe por las razones apuntadas.
Puede inscribirla como bien de familia, antes de la inscripcion en el registro de la propiedad ?? y que esta propiedad no le sea "absorbida" por dicha inhibicion.
La misma tiene la posibilidad de tener una propiedad a su nombre, que no la inscribe por las razones apuntadas.
Puede inscribirla como bien de familia, antes de la inscripcion en el registro de la propiedad ?? y que esta propiedad no le sea "absorbida" por dicha inhibicion.