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  • DOMESTICA CON ART. RECLAMO ANTE COMIS MED O ART.39 INCONST

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #201485  por avi
 
hola gente! mi clienta es domestica tuvo un accidente laboral. se rompio el hueso del dedo derecho xq se le cerro una ventana blindada. la ART la atendio y le dio el alta en marzo. no se hizo reclamo x disconformidad. la obra social la siguio atendiendo le sometieron a una cirugia de mano y encima x el golpe se les desperto artrosis en la mano. mi gran duda es. la Superintendencia de Riesgos me dijo q igual puedo seguir esa via y reclamar x mas q el alta haya sido en marzo y no se hizo nada. pero que me conviene teniendo en cta q esta señora no volvera a trabajar nunca mas de domestica. seguir el reclamo x via de comision medica o declarar la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley de risgos de trabajo e ir al fuero laboral x 1113? la ventana es una cosa riesgosa? al ceclo llamo tambien a la ART o solo al empleador? Les agradezco desd ya cualq orientacion q puedan darme.

 #201578  por "doctoraZA"
 
AVI: fijate lee el estatuto del empleado domestico, no te va a prosperar el reclamo por esa via, fijate si podes encuadrar la relacion laboral en otro ambito para pelear por lct y.trata de arreglar, aca la ART.no corre saludos!!

 #201584  por DAL
 
Por que no corre ART si esta afiliada a una ART y la ART ya la atendio?????
Justamente no hace falta plantear la inconstitucionalidad del 39 porque no esta dentro del sistema de la LCT, y su art. 75 si no me equivoco. El doméstico más allá de su estatuto tiene la vía civil.

 #201592  por "doctoraZA"
 
si dal tenes razon en realidad esta mal expresada mi idea... lo q quise decir es q no puede reclamarle nada al empleador por accidente de trabajo, eso es a lo q me referi conque no corre, mas vale q si esta afiliada..... sino le queda ds y ps pero no por via deinconstitucionalidad art como bien vos expresas.. un beso dalcita!!! :D

 #201598  por DAL
 
A mi me parecio rarisimo que hablara de ART y doméstica, porque la afiliación es optativa y las ARt optaron por no afiliar. Pero acá habrá sido distinto porque dice que la antendieron. Eso me resultó raro!

 #201732  por avi
 
Hola Dal y DraZA!! les cuento si bien es raro q una domestica tenga ART como a mi siempre me toca la excepción de la excepción jiji esta señora si tiene ART. Tal vez xq el empleador es dueño de una marca importante, q se yo. Pero esto q me dicen, q no puedo ir al fuero laboral, recien me desayuno!! yo cuasi tenia preparada la demanda para meterla x inconstitucionalidad! El tema es que yo quiero ir al laboral no xq este la domestica comprendida en la LCTrabajo q no lo esta. sino xq al tener ART se le aplica la Ley de Riesgos del TRAbajo y lo q qiero declarar inconstitucional es el art 39 de la Ley de riesgos del trabajo justamente, no de la ley de contrato de trabajo. me explico? q opinan? :roll:

 #201736  por avi
 
perdón, me qde pensando! para mi recorrer la via administrativa de la comisión medica me resulta injusto ya que la señora no volvera a trabajar nunca mas de domestica y tiene 54 años. x eso es que qiero reclamar una indemnizacion integral q me incluya el daño moral y estetico x la operación q le hicieron. no tengo otra salida si o si para obtener el reclamo integral tengo q declarar inconstituc el art 39 ley d riesgos de trabajo. no puedo ir al civil directamente si mi domestica tiene ART. Aparte no, si voy al civil, reclamo x art. 1113? donde esta el riesgo en la ventana, no me van a qrer decir culpa de la victima x meter la mano? q lio toy cada vez mas confundida- ayudenme please!!!

 #201773  por DAL
 
Hola AVi, en el caso yo te decía que no te limita la LCT por el articulo 75, que limita toda reponsabilidad a las prestaciones de la ART y cumplido ello, el empleador se exime. NOrma que en servicio doméstico no tenés. La reparación del servicio doméstico es eminentemente civil. Y sí, el inc. 1 del 39 tambien tenes que atacarlo, aun siendo un articulo en sintonía con el 75 LCT, resulta lo suficientemente limitante.
Por supuesto, la culpa de la victima es el gran problema de la responsabilidad civil que no tenes en el sistema de la LCT, sobre todo en casos como el tuyo donde el daño no lo causa el riesgo o vicio de la cosa sino la culpa (entendida como imprudencia, me suena por los hechos) de la víctima. Lo de la artrosis, tal vez debas plantearlo como profesional, pero de ahí a decir que se "despertó" la artrosis por un golpe.
Respecto de obtener una indemnización por incapacidad absoluta, como es tu pretensión, es el mayor escollo que veo al planteo, ya que no parece que por un golpe en un dedo se derive una incapacida absoluta para el trabajo. Si una pericia te apoya adelante, pero creo que acá es donde hay que evaluar las posibilidades reales de la vía civil, con sus pros y sus contras, y ver si no conviene quedarse en el sistema tarifado y tal vez "estiarlo", por ejemplo con la pretensión de incluir la artrosis como enfermedad profesional y obtener un resarcimiento más amplio, dentro de la ley (mirá que el listado de enfermedades esta abierto). O bien atacar la base de calculo de la LCT o atacar la indemnización en sí misma por no reparar los daños sufridos, sin llegar a cuestionar el sistema en sí mismo.

El sistema solo civil, resulta muy atractivo, pero tiene varios problemas en el tema laboral, es por eso que se creo un sistema especial para el laboral!!!!

 #201875  por avi
 
hola DAL! antes q nada gracias! x seguir mis respuestas y ayudarme a pensar. te cuento que ya hice revisar a mi clienta por un perito que se dedica a hacer reclamos ante ART. despues de la feria me entrega el informe. Ahi vere la incapacidad q tiene y analizare que hacer. Cariños! :wink: