Hola! Estoy iniciando una sucesion, 2 herederos en Bs As y 1 en Italia, el de Italia quiere cederle sus derechos a los otros 2, me pegunta como hace, teniendo en cuenta la distancia. A mi se me ocurrio que en el Consulado argentino en Italia firme la cesion, pero en ese caso falta que firmen su aceptacion los 2 herederos que estan aca. La pregunta es: ellos pueden aceptarlo aca en otra escritura? Es posible? Hay otra forma mejor de hacer lo que me piden?
Gracias!!!!!!!
Gracias!!!!!!!