Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • hola, aca repito la consulta Dal , no me reten por repetir

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #201968  por angielica
 
hola, yo pregunte algo parecido por ahi, y no me quedo claro, mi tema era que despues del intercambio telegrafico por un caso de trabajo en negro, fallece la persona a quien ibamos a demandar. ahora no tenemos datos sobre la existencia de herederos, creemos que si hay, mi pregunta es , solicito en un escrito previo a la demanda, que la persona que nos informa de la muerte, denuncie la existencia de herederos y demas datos,?? o se presenta la demanda, y como demandados los herederos de XXX, Y en el mismo escrito solicito se cite a los herederos por edictos para que se presente a contesten la demanda?? en virtud de desconocerse quienes son??una manito please gente, es mi primer laboral. agradezco una ayudita.un beso y gracias totales. y en caso de ser por edictos, no tiene costo para el trabajador? gracias otra vez un beso enorme.beso a dal espero que tengas una ideita jaja

 #202076  por DAL
 
El tema puede variar de código a codigo procesal, pero yo demandaría al muerto y a sus herederos, sin nombrarlos, si no lo sé ( y no lo sé si no hay declaratoria de herederos). A la hora de denunciar domicilios, seria muy amplia y si sospecho quienes son los hijos de este fallecido les mando cédula ahí a nombre de HEREDEROS DE FULANO. Pero esto porque mi codigo laboral no tiene rebeldía, si hubiera rebeldía en el caso corresponde (segun mi procesal civil) designar defensor de oficio, previa publicación de edictos.
Si te consta la muerte y tenes la partida, podés abrir la sucesión como acreedor del causante, pero si no tenes credito liquido, muchos jueces no lo admiten. En el caso del trabajador en blanco lo tenes, muy facilmente, porque tenes reconocida la relación laboral pero en negro tenes que empezar de 0.

Espero haber respondido tu pregunta!
 #202121  por angielica
 
hola, dal es lo que pensaba hacer, lo que tenia dudas, era lel tema de si yo debo pedir que se publiquen edictos para citar a los supuestos herederos o lo hará de oficio el juez?. estamos averiguando si la fallecida tenia bienes. presento en el mismo escrito de demanda un pedido de inhibi.de bienes por si acaso. la verdad que no se si yo pido que se publiquen edictos para la notificación de los herederos, en el escrito sea una animalada, jaja. gracias profundamente por tu interes, no me siento tan sola en mi primer laboral. gracias. :oops: un abrazo

 #202134  por DAL
 
La publicación de edictos tiene que estar reglada en tu código para ciertos casos. NO es algo que vos o el juez elijan. Sin saber tu código, no se que decirte. En mi codigo procesal civil si hay publicacion de edictos y en el laboral no, asi que es un tema de notificaciones.
De todos modos si no lo pedís y luego corresponde lo pedís luego. Y no es ninguna animalada pedirlo y que te digan que no. Hasta te puede ayudar a cubrir tu responsabilidad de parte pedir la publicación y que el juez diga no, en el caso en que aparezcan herederos quejandose de no haber sido citados.
A los fines honorarios, y certeza, evalua en tu jurisdicción la apertura de la declaratoria de herederos del empleador.

El establecimiento sigue abierto??? a cargo de quein esta????
 #202157  por angielica
 
mira, la pobre difunta, era la titular del comercion al fallecer y al efectuarse el intercambio telegrafico, actualmente no sabemos si regularizaron la situación, esta gente a cambiado numerosas veces de titular, tienen varios laborales con sentencia en su contra.el negocio sigue funcionando, en realidad es un stand, y tienen varios mas que continuan con la persona que contrato a mi cliente, ella es la que respondio con anterioridad en los laborales iniciados contra la titular.todos aquellos llegaron a juicio pero conciliaron y homologaron en vida de la titular, pero en mi caso la titular ya no esta.su fallecimiento fue informado en audiencia de conciliacion en MINisterio, donde se suponia se acompañaba certificado, pero misteriosamente el expediente de la conciliacion truncada, con los telegramas, boletas del comercio, copia del acta y demás desaparecieron. voy a presentar la demanda, pido edictos, inibi. y vemos.en el cod de pro.bs as no preve edictos en laboral, al menos no lo dice. de verdad te super agradezco tu interes. en mar del tenes una amiga.beso