Es la primera vez que tengo un cliente por la parte empresaria. Les comento el caso: Hace un año tomaron a un trabajador, desde el comienzo les trajo problemas, es una persona desequilibrada con problemas psiquiatricos que tenia problemas con los mismos compañeros de trabajo, clientes, etc. Cuando lo iban a despedir tuvo una crisis (la ART no se hizo cargo) y el eligio un medico psiquiatra de la obra social, mientras tanto le pagaba el mismo el sueldo. Cuando se reincorpora con el alta, le dice que va a precindir de sus servicios. Le envia telegrama poniendo a su dispo. liquidación final. Ahi empieza el intercambio telegrafico... porq dice q su medica psiquiatra no le dio el alta, etc.. reclama estar mal registrado... la consulta es la siguiente: Mi cliente le va a pagar la liquidación correspondiente, y los salarios caidos hasta su recupaeración. Esta bien que se los pague una vez que presente el alta? porque si le paga ahora despues puede volver a reclamar por no haber estado en pleno uso de sus facultades mentales? Que opinan? 
