Es la primera vez que tengo un cliente por la parte empresaria. Les comento el caso: Hace un año tomaron a un trabajador, desde el comienzo les trajo problemas, es una persona desequilibrada con problemas psiquiatricos que tenia problemas con los mismos compañeros de trabajo, clientes, etc. Cuando lo iban a despedir tuvo una crisis (la ART no se hizo cargo) y el eligio un medico psiquiatra de la obra social, mientras tanto le pagaba el mismo el sueldo. Cuando se reincorpora con el alta, le dice que va a precindir de sus servicios. Le envia telegrama poniendo a su dispo. liquidación final. Ahi empieza el intercambio telegrafico... porq dice q su medica psiquiatra no le dio el alta, etc.. reclama estar mal registrado... la consulta es la siguiente: Mi cliente le va a pagar la liquidación correspondiente, y los salarios caidos hasta su recupaeración. Esta bien que se los pague una vez que presente el alta? porque si le paga ahora despues puede volver a reclamar por no haber estado en pleno uso de sus facultades mentales? Que opinan?
Cuando se reincorporó tenía alta o no?????????
Que documento tenes?.
Los salarios caidos se deben hasta el alta.
Tienen examen preocupacional?? se detectó alguna patología psiquiatrica?
El gran problema es que no hay alta definitiva casi nunca en patologías psiquiatricas. Por eso hay que tener sumo cuidado y tener un certificado de ALTA antes de reincorporarlo.