Hola Colegas tengo una duda con el siguiente caso: Empleada de comercio, inicia rel lab en feb/06, estuvo trabajando en blanco hasta julio/07 q le dejan de hacer aportes y entregar recibos. En marzo el comercio (lenceria) cierra, ella intima en el domicilio real del empleador (en el negocio ya no había nada/nadie) x la 24013, (c/copia AFIP) y solicita q con motivo de estar cerrado el local y sin poder prestar servicio efectivo, se aclare en 48h situacion laboral bajo apercibimiento de considerase despedida. No responden el TCL y ahi quedó todo. Ahora me viene a consultar y mi pregunta es ¿debe enviar TCL considerándose despedida? Es extemporáneo? QUE ME ACONSEJAN?!! Gracias por su ayuda
Mauitius: en julio de 2007 de algún modo se cortó la relación laboral y tal vez tu cliente no lo tenga en cuenta.
Pedile que sque una clave dE afiP y fijate como esta en mis aportes, si figura la baja o si figura la deuda.
Sabiendo lo que pasó en julio 2007 podras remotarlo o no.