Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • defectos de fabrica vehiculo

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #199933  por cecicarla
 
Buenas Tardes, tengo un cliente que tuvo un accidente de transito y no se activaron los airbags no sufrio heridas graves, solo contracturas y le medicaron analgesicos, mando directamente carta documento al fabricante o pido audiencia en defensa del consumidor? Cuanto se puede pedir aproximadamente de indemnizacion? Muchas Gracias!!

 #202932  por Sonoman
 
Ambas!!! manda una carta doc ya... para ir prepareando la via judicial, y hace la denuncia en def del consumidor

 #202989  por cecicarla
 
muchas gracias!

Sonoman escribió:Ambas!!! manda una carta doc ya... para ir prepareando la via judicial, y hace la denuncia en def del consumidor

 #203168  por aleuba76
 
Hola!
Unas dudas...
¿Tenía cinturón de seguridad puesto?
Maaaás o menos...¿a que velocidad fue el impacto?
Pregunto esto porque los airbags se activan a partir de una determinada velocidad (aprox. 40/50 km) a través de formulas físicas que dan la orden en 10 milisegundos de activar, o nó, el airbag.
NO es que sea físico :roll: , pero lo sé por curiosidad, y porque siempre tengo el miedito que el airbag el día que tenga que funcionar (ojalá que nuuunca), no lo haga!! :D
Si el impacto fue a una velocidad inferior, te van a decir que el cinturón cubría el riesgo del impacto a esa velocidad.
Igual, mandá la CD y la denuncia a Def. del Consumidor a ver que te dicen, y contanos!!! :wink:
Saludos
Ale

 #203298  por Sonoman
 
aleuba76 escribió:Hola!
Unas dudas...
¿Tenía cinturón de seguridad puesto?
Maaaás o menos...¿a que velocidad fue el impacto?
Pregunto esto porque los airbags se activan a partir de una determinada velocidad (aprox. 40/50 km) a través de formulas físicas que dan la orden en 10 milisegundos de activar, o nó, el airbag.
NO es que sea físico :roll: , pero lo sé por curiosidad, y porque siempre tengo el miedito que el airbag el día que tenga que funcionar (ojalá que nuuunca), no lo haga!! :D
Si el impacto fue a una velocidad inferior, te van a decir que el cinturón cubría el riesgo del impacto a esa velocidad.
Igual, mandá la CD y la denuncia a Def. del Consumidor a ver que te dicen, y contanos!!! :wink:
Saludos
Ale
es verdad! tene en cuenta este importante detalle!!!!

 #203612  por cecicarla
 
Gracias por las respuestas, me dijo que tenía puesto el cinturon pero no sabe a que velocidad manejaba, conducía por una avenida, calculo que a mas de 40 y por instinto piso el freno.- En cuanto a la indemnización, si no sufre daños graves, cuanto se puede pedir? porque en este caso lo mas importante es que no se activó el airbag y realmente pudo ser mucho mas grave, gracias!!

q
aleuba76 escribió:Hola!
Unas dudas...
¿Tenía cinturón de seguridad puesto?
Maaaás o menos...¿a que velocidad fue el impacto?
Pregunto esto porque los airbags se activan a partir de una determinada velocidad (aprox. 40/50 km) a través de formulas físicas que dan la orden en 10 milisegundos de activar, o nó, el airbag.
NO es que sea físico :roll: , pero lo sé por curiosidad, y porque siempre tengo el miedito que el airbag el día que tenga que funcionar (ojalá que nuuunca), no lo haga!! :D
Si el impacto fue a una velocidad inferior, te van a decir que el cinturón cubría el riesgo del impacto a esa velocidad.
Igual, mandá la CD y la denuncia a Def. del Consumidor a ver que te dicen, y contanos!!! :wink:
Saludos
Ale

 #204007  por Sonoman
 
Yo diria que, una vez q mandes la cd, hace la denuncia en def del cons., y te van a fijar una fecha de audiencia (por lo menos asi en en neuquen donde vivo), a esa audiencia tenes q ir vos con el cliente (como patrocinante), la consecionaria (q le vendio el auto), y un representante de la fabrica... Ahi planteas el problema (como fueron los hechos), describis lo daños efectivamente sufridos (gastos, atencion medica, daño moral - porq no-, etc), y tambien planteas esto q decis, o sea q el daño pudo haber sido mucho peor. Seguramente algo te van a ofrecer, caso contrario, y de acuerdo a las pruebas q ofrezcas los van a condenar y ahi tenes la via judicial totalmente allanada. Mas teniendo en cuenta q vos ya los intimaste por cd... SObre la cuantificacion del daño por ahora no te hagas tanto problema, fijate a ver q te dicen, despues en el juicio si obvio!!! AH que no arregle el auto hasta q le hagan una pericia tecnica (no se si en bs as la hacen de oficio ante un accidente, aca si), en caso de q lo quiera arreglar hace un acta de constatacion por escribano, con fotos, etc.-
Espero haberte sido util! :roll: saludos!

 #204014  por Mordisco
 
El concesionario no es un mero intermediario entre el fabricante y el consumidor ni un representante del primero, sino un revendedor por cuenta propia que asume frente el comprador las obligaciones propias del contrato de compraventa celebrado, entre las que se encuentra la garantía por vicios redhibitorios (arts. 2164 Cód. Civ. y 18 ley 24240 t.o.).

CCI Art. 2164 ; LEY 24240 Art. 18

CC0002 SM 55534 RSD-411-4 S 12-10-4, Juez MARES (SD)
Bombardir, María Emilia c/ Peugeot Citroën Argentina S.A. y otro s/ Incumplimiento de contrato y daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Mares-Scarpati-Occhiuzzi

 #204016  por Mordisco
 
La concesionaria de automotores y el fabricante resultan solidariamente responsables por el cumplimiento de la garantía acordada al rodado -en el caso, daños en el vehículo por la apertura imprevista del capot- como así también por los restantes perjuicios inferidos al consumidor por riesgo o vicio de la cosa enajenada (arts. 11, 13 y 40, ley 24240) (Cám. Nac. Com., sala C, 28/9/2001, "Helbling, Carlos M. v. Sevitar SA y otro", RCyS, 2002-II-188