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 #205161  por esterf
 
Hola a todos. Tengo una deuda por tarjeta de credito del año 2000 que supongo que ya prescribio. Los abogados del banco con el que tengo la deuda me dejaron un mensaje diciendo que si no pago harian la inhibicion de la propiedad cosa que no entiendo que es ya que yo no tengo ninguna propiedad ni tampoco ningun bien. Me podrian decir que es lo que quieren estos abogados y que significa inhibicion de propiedad. Muchas gracias

 #205219  por LUHER
 
ESTERF: lo de la inhibicion general de bienes, es justamente porque no tenes un bien que te puedan embargar, La deuda por tarjeta de credito prescribe a los: 1 año para accion ejecutiva, y 3 años accion ordinaria cobro de pesos.
Salvo que haya habido intimacion extraj valida, o interposicion de demanda. Suerte Luher mdq.

 #205240  por Tiziano
 
Hola... otra de las posibilidades es que hayas firmado en algún momento un reconocimiento de deuda y forma de pago a favor del banco, lo que convierte el asunto en una obligación personal con una prescripción de 10 años. Suerte.
 #205360  por esterf
 
hola gracias por la respuesta, yo nunca firme nada solo deje de pagar

 #205376  por Sailaw
 
Si no existis patrimonialmente, no te hagas problemas, de todas maneras si es como decis, esa deuda está prescripta, y no creo que se arriesguen a demandar, porque al final deberán pagar las costas.

 #205518  por esterf
 
gracias por su ayuda me quedo mas tranquila, y es verdad patrimonialmente no existo.