Hola a todos los integrantes del foro.
Es la primera vez que hago un trámite jubilatorio y necesito que por favor me den su opinión.
Se trata de una mujer que nació el 29/12/1946. Sólo hizo aportes como autónomo a partir del mes de noviembre del año 1980 (año en que se le dió el alta en Anses) y no sabe bien hasta qué año aportó, pero cree que lo hizo hasta 1982 o 1983.
Armé la siguiente situación de revista:
1º) 11/1980 – 9/1993 (12 años y 11 meses)
2º) 12/2005 – 2/2007 (1 año y 3 meses): elegí este período para comprar, mediante Formulario 460 F, porque los intereses son menores.
En cuanto al beneficio opté por prescribir el año 1989 por el art. 3º Ley 24.476 (porque sé que este año en particular es muy caro). Sólo tengo la posibilidad de prescribir un único año porque los años que compré son muy recientes.
Voy a ampliar el siguiente tramo: 1/1965 (año en que cumplió los 18 años) – 10/1980 (cuando todavía no estaba dada de alta como autónoma) (15 años y 10 meses).
Les parece que la situación de revista está bien o debería ser distinta y el período ampliado debería ser el que elegí?
Escucho sus opiniones. Les agradeceré mucho.
Es la primera vez que hago un trámite jubilatorio y necesito que por favor me den su opinión.
Se trata de una mujer que nació el 29/12/1946. Sólo hizo aportes como autónomo a partir del mes de noviembre del año 1980 (año en que se le dió el alta en Anses) y no sabe bien hasta qué año aportó, pero cree que lo hizo hasta 1982 o 1983.
Armé la siguiente situación de revista:
1º) 11/1980 – 9/1993 (12 años y 11 meses)
2º) 12/2005 – 2/2007 (1 año y 3 meses): elegí este período para comprar, mediante Formulario 460 F, porque los intereses son menores.
En cuanto al beneficio opté por prescribir el año 1989 por el art. 3º Ley 24.476 (porque sé que este año en particular es muy caro). Sólo tengo la posibilidad de prescribir un único año porque los años que compré son muy recientes.
Voy a ampliar el siguiente tramo: 1/1965 (año en que cumplió los 18 años) – 10/1980 (cuando todavía no estaba dada de alta como autónoma) (15 años y 10 meses).
Les parece que la situación de revista está bien o debería ser distinta y el período ampliado debería ser el que elegí?
Escucho sus opiniones. Les agradeceré mucho.
Galea