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  • HELP!!! ME MANDE UNA MACANA??

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 #208692  por PAOLALM
 
Hola colegas. Escribo desesperada le cuento. Me vienen a ver por un despido, todo en negro el tema es que mi clienta no tiene D.N.I, por lo que procedí a enviar todas las intimaciones yo como como abogada patrocinante y ente las respuestas del abogado apoderado de la empleadora, considerar despedida a mi cliente. Ahora bien, estoy leyendo el portal, y leo en uno de los post que no puede el abogado enviar telegramas al empleador en nombre del cliente. Entonces??? Me mande una macana?? de ser así como la soluciono?? Le cuento que la otra parte jamás hizo alusión a esto solo rechazaban las cartas y el horario de trabajo. Por favor necesito ayuda.

 #208752  por DAL
 
NO te preocupes, si no te lo planteo, esta bien.
Yo tomaría la precaución en tu caso de hacerme dar instrucciones por escrito, es decir tenete una nota donde el trabajador te autoriza a darse por despedido ( fundamental). Incia la demanda con patrocinio y explicá que el trabajador no cuenta con DNI lo que impide mandar la correspondencia por CORREO ARGENTINO, para lo cual te dio intrucciones. Así cerrás la cuestion del por que, y además te cubrís de tu cliente. Saludos!!!

 #208777  por Sailaw
 
Primero y principal, si se pueden mandar TCL con documento extranjero, lo que no se puede es iniciar ante el SECLO, porque piden constancia de radicación o inicio de la misma

Segundo podemos mandar telegramas y cartas documentos por nusetros mandantes, o bien como gestores, respecto de lo segundo se necesita ratificación del cliente posterior o encomienda anterior.

Con la ratificación queda subsanado cualquier problema.

 #208860  por PAOLALM
 
Sailaw escribió:Primero y principal, si se pueden mandar TCL con documento extranjero, lo que no se puede es iniciar ante el SECLO, porque piden constancia de radicación o inicio de la misma

Segundo podemos mandar telegramas y cartas documentos por nusetros mandantes, o bien como gestores, respecto de lo segundo se necesita ratificación del cliente posterior o encomienda anterior.

Con la ratificación queda subsanado cualquier problema.
Muchas gracias!! Te cuento que en este caso mi cliente es argentino, y solo tiene el certificado de que su D.N.I esta en tramite, yo pensaba ahora enviarlo a camara con dos testigos para hacer el poder, y asi, iniciar el SECLO yo como apoderada. Que te parece?

 #208863  por PAOLALM
 
DAL escribió:NO te preocupes, si no te lo planteo, esta bien.
Yo tomaría la precaución en tu caso de hacerme dar instrucciones por escrito, es decir tenete una nota donde el trabajador te autoriza a darse por despedido ( fundamental). Incia la demanda con patrocinio y explicá que el trabajador no cuenta con DNI lo que impide mandar la correspondencia por CORREO ARGENTINO, para lo cual te dio intrucciones. Así cerrás la cuestion del por que, y además te cubrís de tu cliente. Saludos!!!
Muchas gracias!!! Te cuento, que como le decia a Sailaw, pensaba seguir enviando a mi cliente a la camara laboral a fin de otorgarme el poder con dos testigos, y una vez que tenga el poder iniciar SECLO como apoderada. Igualmente tambien voy a estar atenta a cubrirme con una nota del trabajador como me aconsejaste. Que opinas? y GRACIAS Nuevamente

 #208967  por DAL
 
Sobre el poder no opino poruqe acá no se puede hacer eso así que no se.

Sobre las intrucciones, hacete dar instrucciones paso a paso de las cartas, de la demanda tambien, pero lo ideal sería hacerlo con patrocinio.