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  • AYUDA!!! me mand una macana???

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 #208720  por PAOLALM
 
Hola colegas. Escribo desesperada le cuento. Me vienen a ver por un despido, todo en negro el tema es que mi clienta no tiene D.N.I, por lo que procedí a enviar todas las intimaciones yo como como abogada patrocinante y ente las respuestas del abogado apoderado de la empleadora, considerar despedida a mi cliente. Ahora bien, estoy leyendo el portal, y leo en uno de los post que no puede el abogado enviar telegramas al empleador en nombre del cliente. Entonces??? Me mande una macana?? de ser así como la soluciono?? Le cuento que la otra parte jamás hizo alusión a esto solo rechazaban las cartas y el horario de trabajo. Por favor necesito ayuda.

 #208853  por Mary
 
Hola! A mi se me ocurre que envies la secuencia de TCL nuevamente (esta vez a nombre del trabajador y que el concurra al correo).
En el primer TCL que mande el trabajador (con las intimaciones pertinentes) rectificá el error (respecto de los TCL que mandaste).
No pudo darse por despedido ya que lo hiciste vos y por lo tanto el distracto no se produjo. Esta es mi opinión.
Respecto del DNI es complicado el tema, si no lo tiene.
Saludos :wink:

 #209238  por LionelHutz
 
tiene cedula de identidad? quizás en algún correo pueda enviar las cartas con la ci. Si no puede, para mi tu cliente tiene q hacer una denuncia de extravío y tramitar el dni. En caso de que pueda enviar las cartas con la denuncia (lo que creo puede hacer), yo empezaría con el intercambio epistolar desde 0, como si las anteriores no existieran, porq como bien dijo Mary, el distracto no se produjo.

 #209275  por DAL
 
No chicos, el abogado no puede hacer ese planteo y desautorizar su actuación de esa forma. Va totalmente contra el principio de buena fe.

 #209355  por Mary
 
DAL: Me parece interesante lo que se planteó,; ¿Qué se te ocurre en caso de que Paola consiga la forma en que su cliente envie los TCL por correo?
Saludos

 #209359  por DAL
 
Mary escribió:DAL: Me parece interesante lo que se planteó,; ¿Qué se te ocurre en caso de que Paola consiga la forma en que su cliente envie los TCL por correo?
Saludos
Mary: dudo que consiga mandar los TCL sin documento, ni siquiera puede mandar carta docuemnto. Creo qeu en el foro laboral le recomendamos a alguien, no se si ella, usar la carta certificada con aviso de retorno. Tambien le recomendamos tener un poder, auqnue en mi jurisdicción sin DNI no se puede otorgar poder. Por lo que al trabajador solo le queda como remedio recurrir a la representació gremial o al abogado.
Esta muy pero muy limitado el trabajador para hacer valer sus derechos en laboral, donde MUCHO depende de la correspondencia y empleazamientos, son vitales en laboral, mucho más que en otra materia. Y sin poder hacer un intercambio el trabajador queda desprotegido y puede perder derechos. POr eso me parece PESIMO que el propio trabajador diga que no se dio por despedido nunca y desautorice así a su propio abogado. Es un engaño al empleador, quien de buena fe aceptó la "personería" del letrado que representa al trabajador y contestó las intimaciones que el trabajador le dirigió. Y respecto a PAOLA, puede tener un problem si a su cliente se le ocurre hacer eso, ya que ella actuo siguiendo las instrucciones del cliente y hacer el planteo de que las cartas mandadas por ella no tienen valor, a ella la dejan en una situación MUY COMPLICADA en cuanto al desempeño. Por eso le recomendé en otro hilo con esta consulta tener instrucciones por escrito del trabajador para hacer lo que hizo.

Viendolo del lado del trabajador, lo que se hizo era lo que el pretendía??? entonces no hay perjuicio posible, no tiene sentido retroceder y emplezar de nuevo para hacer exactamente lo mismo.
Yo no recomendaría hacer lo que hizo Paola, pero entiende que es la unica vía en muchos casos, y si ella estimó jugarse por su cliente y poner su firma, barbaro!!!! si se le complica le daremos una mano, de ahí que le aconsejé darse intrucciones por escrito.

 #209360  por attorney
 
Coincido con DAL.
Que el cliente ratifique en TCL todo lo actuado por el abogado.
En cuanto al DNI, el correo tiene obligación de recibirle el telegrama o carta con constancia de DNI en trámite.

 #209362  por DAL
 
attorney escribió: En cuanto al DNI, el correo tiene obligación de recibirle el telegrama o carta con constancia de DNI en trámite.
Siiiiiiiiiiiiiii??????????????
YO me pelee con gente del correo!!!
Y entiendo a la gente porque cuando lo perdí estuve un año y medio hasta que me lo dieron.