Buenas, gente, necesito una manito:
Estoy llevando un ejecutivo, donde tengo los haberes del demandado embargados cautelarmente. Ademas, le llego el mandamiento y el plazo para oponer excepciones ya ha vencido.
No obstante, se presenta el demandado y solicita una audiencia, que es concedida por el juez en los terminos del art. 558 bis. (supuestamente, para ver la mejor forma de cancelar la deuda).
Estoy esperando la sentencia, que todavia no salio, pero igualmente la audiencia mencionada la tengo para el lunes.
Las preguntas concretas son:
¿ Tengo obligación de asistir a la audiencia, tratandose de un juicio ejecutivo?
¿Cual es la posible consecuencia de no asistir?
¿Cual es el verdadero alcance de esta audiencia?
Les aclaro que mi cliente conoce bien al demandado y me acaba de hacer un poder para no tener que estar enfrente del mismo, dado que me indica que el tipo lo unico que quiere es dilatar las cosas (no se que, porque no tiene salida del ejecutivo y la cautelar esta ya en cumplimiento?
LES RUEGO UNA MANO!
Saludos a todos.
Estoy llevando un ejecutivo, donde tengo los haberes del demandado embargados cautelarmente. Ademas, le llego el mandamiento y el plazo para oponer excepciones ya ha vencido.
No obstante, se presenta el demandado y solicita una audiencia, que es concedida por el juez en los terminos del art. 558 bis. (supuestamente, para ver la mejor forma de cancelar la deuda).
Estoy esperando la sentencia, que todavia no salio, pero igualmente la audiencia mencionada la tengo para el lunes.
Las preguntas concretas son:
¿ Tengo obligación de asistir a la audiencia, tratandose de un juicio ejecutivo?
¿Cual es la posible consecuencia de no asistir?
¿Cual es el verdadero alcance de esta audiencia?
Les aclaro que mi cliente conoce bien al demandado y me acaba de hacer un poder para no tener que estar enfrente del mismo, dado que me indica que el tipo lo unico que quiere es dilatar las cosas (no se que, porque no tiene salida del ejecutivo y la cautelar esta ya en cumplimiento?
LES RUEGO UNA MANO!
Saludos a todos.