La doble indemnización (el 50%, en realidad) ¿sigue vigente?
Mi duda surge a partir de:
1) El dictado del decr. 1.224/07 -en Septiembre de 2.007- que considera cumplida la condición de que el índice de desocupación sea menor al 10%
2) Sanción de la Ley 26.331 -en Enero de 2.008- que prorroga la emergencia económica.
3) Pero resulta ser que la L. 25972 agregó a la doble indemnización una condición resolutoria a su vigencia, estableciendo que la misma se aplicaría y se prorrogaría hasta que la tasa de desocupación elaborada por el INDEC resultara inferior al 10%.
4) Ahora, la Tasa de desocupación es "menor al 10%" (siempre según el INDEC, claro), pero al mismo tiempo la emergencia se prorrogó hasta diciembre de este año.
¿¿Se aplica o no la emergencia??
Gracias
Mi duda surge a partir de:
1) El dictado del decr. 1.224/07 -en Septiembre de 2.007- que considera cumplida la condición de que el índice de desocupación sea menor al 10%
2) Sanción de la Ley 26.331 -en Enero de 2.008- que prorroga la emergencia económica.
3) Pero resulta ser que la L. 25972 agregó a la doble indemnización una condición resolutoria a su vigencia, estableciendo que la misma se aplicaría y se prorrogaría hasta que la tasa de desocupación elaborada por el INDEC resultara inferior al 10%.
4) Ahora, la Tasa de desocupación es "menor al 10%" (siempre según el INDEC, claro), pero al mismo tiempo la emergencia se prorrogó hasta diciembre de este año.
¿¿Se aplica o no la emergencia??
Gracias