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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #207871  por Ve-ri-to
 
Colegas, en el estudio tenemos un cliente (empleador) al cual le han enviado telegrama de renuncia.
Luego de notificar fehacientemente al trabajador de que quedaban a disposición certificados y liquidación, recibió citación para la conciliación obligatoria.
El objeto del reclamo era DESPIDO.
La audiencia se cerró sin acuerdo, y nuestro cliente ahora quiere consignar.

Pregunta: debemos INTIMAR a que retire la liquidación o es suficiente con la primer Carta documento poniendo la misma a disposición?

Por otro lado, en civil hemos tenido que pasar previamente por mediación. se ve esta etapa superada con el cierre de la audiencia mencionada?

Espero respuestas desde ya muchas Gracias a todos!

 #207966  por DAL
 
Por que no lo entregaron en la mediación?????
Debés consignarlo, es ineludible.
Hay jurisprudencia que dice que la sola peusta a disposición no basta si el empleador luego no procede a consignar judicialmente los certificados.

Como fue eso de renuncia y luego despido???
 #212573  por cggaray
 
Ve-ri-to escribió:Colegas, en el estudio tenemos un cliente (empleador) al cual le han enviado telegrama de renuncia.
Luego de notificar fehacientemente al trabajador de que quedaban a disposición certificados y liquidación, recibió citación para la conciliación obligatoria.
El objeto del reclamo era DESPIDO.
La audiencia se cerró sin acuerdo, y nuestro cliente ahora quiere consignar.

Pregunta: debemos INTIMAR a que retire la liquidación o es suficiente con la primer Carta documento poniendo la misma a disposición?

Por otro lado, en civil hemos tenido que pasar previamente por mediación. se ve esta etapa superada con el cierre de la audiencia mencionada?

Espero respuestas desde ya muchas Gracias a todos!
Consigna rapido, no des tiempo, lo que no entiendo porque si habia renunciado ahora reclama despido.
Esta planteando una nulidad a la renuncia.
Intimo previo a la audiencia?
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