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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #212737  por AGUEDA
 
Cuinzy escribió:Chicos, alguien me puede decir cuantas horas se demora el tema del examen desde q te presentas a rendir hasta q terminas?
Y tambien agradecere si alguien me puede comentar los principios de la CN que se relacionan con impuestos y por que!!
Muchas gracias!!
espero les pueda ayudar haber los pcipios constitucionales tributarios, estan para que los impuestos no violen la contitucion, eso en resumidas queire decir, en tanto que se han garantizados los sig pcipios, recuerdan las retenciones, que tomo el mundo hablaba de la confiscatoriedad de aquello que superaba el 33% porciento de la parte sustancial de la renta.. y que por eso eran confiscatorias. bueno ese es un pcio la NO CONFISCATORIEDAD, otro pcipio el LEGALIDAD, que no puede haber tributo sin ley que establesca los limites formales, es necesario que sena creados por el congreso..otro, ppcipio seria el de IGUALDAD,lean el art. 16 de la C.N ( todos tienen que tener la misma aptitud de pago para igual tributo) , otro de PROPORCIONALIDAD, art 4 y muy similia a otyro que es, LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA, que seraia algo asi como la aptitud de pago.

pd . tambien esta el de generalidad ligado a la igualdad, dice algo como que estan prohibidas las dicriminaciones... y sino entienden tomen algun libro de Viillegas o Giuliani fonrouge¡¡¡¡

Espero haber sido util, y si los confundi mas " agua y ajo"¡¡¡ jajaj pero en pcipio supongo esos son los mas imp.... BESOS....
 #212857  por salvu
 
AGUEDA escribió:
Cuinzy escribió:Chicos, alguien me puede decir cuantas horas se demora el tema del examen desde q te presentas a rendir hasta q terminas?
Y tambien agradecere si alguien me puede comentar los principios de la CN que se relacionan con impuestos y por que!!
Muchas gracias!!
espero les pueda ayudar haber los pcipios constitucionales tributarios, estan para que los impuestos no violen la contitucion, eso en resumidas queire decir, en tanto que se han garantizados los sig pcipios, recuerdan las retenciones, que tomo el mundo hablaba de la confiscatoriedad de aquello que superaba el 33% porciento de la parte sustancial de la renta.. y que por eso eran confiscatorias. bueno ese es un pcio la NO CONFISCATORIEDAD, otro pcipio el LEGALIDAD, que no puede haber tributo sin ley que establesca los limites formales, es necesario que sena creados por el congreso..otro, ppcipio seria el de IGUALDAD,lean el art. 16 de la C.N ( todos tienen que tener la misma aptitud de pago para igual tributo) , otro de PROPORCIONALIDAD, art 4 y muy similia a otyro que es, LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA, que seraia algo asi como la aptitud de pago.

pd . tambien esta el de generalidad ligado a la igualdad, dice algo como que estan prohibidas las dicriminaciones... y sino entienden tomen algun libro de Viillegas o Giuliani fonrouge¡¡¡¡

Espero haber sido util, y si los confundi mas " agua y ajo"¡¡¡ jajaj pero en pcipio supongo esos son los mas imp.... BESOS....
AGUEDA te hago una salvedad, la "No confiscatoriedad" no es un principio, lo que surge de la C.N. es el DERECHO DE PROPIEDAD, que es el que limita el poder confiscatorio del Estado en materia Tributaria.
 #212903  por alepiccione
 
Gracias por las respuestas!!! (despues de leer los principios acá ya no necesito los 5 minutos antes de entrar) gracias una vez más!!
 #212909  por salvu
 
Cuinzy escribió:Chicos, alguien me puede decir cuantas horas se demora el tema del examen desde q te presentas a rendir hasta q terminas?
Mas o menos hora y media / hora y 45 minutos. Ellos te dan 2 hs como tiempo máximo de examen, pero se hace en menos. (Y si no estudiaste nada te levantas y entregas en blanco, te lleva unos 5 minutos eso :lol: )

 #212911  por AGUEDA
 
NO ESTUDIO MASSSSSSSSSSSSSSSSS¡¡¡¡¡¡¡JAJAJA.
 #212954  por gabrielave2
 
Hola, quisera saber si alguien puede contestarme esta pregunta:
puede Arba establecer exenciones??
Se puede revocar un domicilio en los procesos de fiscalizacion? con respecto a esto, encontre que se puede revocar el domicilio procedimental, pero el fiscal o constituido se puede revocar?
y la ultima alguien sabe que es lo que toman de la disp 01/04, porque es super extensa, por ejemplo hay que saber los % de retencion que se aplican en cada actividad?
Graciassss!!!!!
 #213111  por pochy
 
salvu escribió:
alepiccione escribió:alguien de los que ya rindio sabe que toman de la constitución nacional??? como para darle una leidita rápida 5 minutos antes de entrar a rendir?? se agradece información :P
Pegale una leida a los arts. que tienen relación con el derecho tributario (16, 18, 19, 75 inc. 2º)
Con eso te sobra...
En mi caso hubo 2 preguntas de C.N. donde me pedian, en una marcar cuales principios se aplican en materia tributaria, de una lista de 4 principios (ppio de legalidad, de territorialidad, de solidaridad y otro mas q no recuerdo y habia q marcar cuales tenian relacion y justificar por qué)
y la otra pregunta, qué derecho limita el poder confiscatorio del estado en materia fiscal (límite de 33%). me parece obvia la respuesta (Derecho de Propiedad) y su artículo correspondiente ("La propiedad es inviolable..")
Exitos!!

DR. SALVU COINCIDO CON UD.
AQUI ADJUNTO UUN APUNTECITO:
Principios Constitucionales de la imposición ó limitaciones jurídicas al poder tributario
Igualdad
La igualdad es la base del impuesto y de las cargas sociales; surge de los art. 16 y 20 de la Constitución nacional.
En definitiva no todos somos iguales ante la ley de manera matemática, sino que lo somos los que cuadramos dentro de una misma categoría (igual tratamiento ante igual situación). Esta garantía defiende al contribuyente que se considere objeto de una situación perjudicial en relación con otro que se encuentre en la misma condición.
Generalidad
Surge del Art. 16 de la Constitución Nacional y deriva del principio de igualdad, se refiere a que los tributos deben abarcar todas las manifestaciones de riqueza o capacidad contributiva que se verifiquen en una sociedad.
No se puede excluir arbitrariamente a un determinado grupo respecto del pago de tributos, como así tampoco se puede cargar excesivamente a un grupo.
Las exenciones impositivas no afectan el carácter de generalidad en tanto y en cuanto no sean establecidas de manera arbitraria o personal. El limite de la generalidad esta constituido por las exenciones o beneficios conforme las cuales determinan que personas no tributan o pese a configurarse el hecho imponible. Estos beneficios tienen carácter excepcional y se basan en razones económicas, sociales o políticas, pero nunca en razones de privilegio.

Equidad
Surge del art. 4 de la Constitución Nacional, tiene que ver con la razonabilidad y la proporcionalidad de un tributo, es decir, que a cada contribuyente se le puede exigir tributos en relación a la capacidad contributiva que demuestren. Dice la corte suprema que el principio de equidad es el que establece que los tributos que se exigen deben relacionarse con la riqueza de los contribuyentes; también podemos decir que es la condición que surge de una razonable relación entre el impuesto aplicado por el legislador y la base imponible.

Proporcionalidad
No tiene que ver con la proporcionalidad de la alícuota sino con la capacidad de tributar. Surge del art. 4 de la Constitución Nacional, los tributos deben ser proporcionales a las exteriorizaciones de capacidad contributiva que manifiesten los contribuyentes (patrimonio, ingreso, consumo), en la actualidad se esta modificando el criterio de proporcionalidad dando lugar a un principio o criterio estricto más amplio que es el de progresividad (impuesto a las ganancias).

Legalidad
Parte del art. 19 de la Constitución Nacional, nadie va a ser obligado a tributar si no existe una ley que haya creado ese tributo. No hay tributo sin ley. Se completa con el art. 17 de la Constitución Nacional. Las leyes son imposiciones de carácter general, abstractas e impersonales emanadas del poder legislativo; abarcan todo tipo de tributo. Los decretos reglamentarios del poder ejecutivo, las disposiciones de la AFIP o las circulares del BCRA no pueden crear tributos ni alterar sus aspectos estructurales ya que la atribución legislativa es indelegable. La ley debe contener el hecho imponible, la determinación del sujeto pasivo, la atribución del crédito tributo a un sujeto activo, la fijación del quantum (alícuota o base imponible) y las exenciones que neutralizan los efectos.

No confiscatoriedad
Surge de los art. 14 y 17 de la Constitución Nacional, esencialmente del 17, en virtud de ello la tributación no puede afectar nuestro derecho de propiedad, la porción de nuestro patrimonio que se ve afectado por un tributo debe ser razonable y no verse afectado en exceso. Partiendo de este principio la corte suprema dispuso que los impuestos directos no deben superar el 33% de la base imponible, en cambio en los indirectos no hay limite. La razonabilidad de la imposición se debe establecer en caso concreto teniendo en cuenta las condiciones de tiempo y lugar y según los fines económicos sociales de cada impuesto.

Retroactividad
Se puede tomar paradójicamente como irretroactividad; si lo tomamos del principio de irretroactividad partimos del art., 3 del Código Civil que dice que las leyes no tienen efecto retroactivo salvo disposición en contrario y no afecten garantías constitucionales.
Si partimos del principio de retroactividad vamos a decir que cualquier ley tributaria que vaya hacia atrás afecta derechos constitucionales.
En derecho penal tributario la excepción es que si aparece una norma más benigna sí tendrá efectos retroactivos. Ej. Dto. 493/01 que establecía la generalidad del IVA, tuvo su aparición el 14 de Mayo de 2001 con retroactividad al 1° de Mayo de 2001.
En cuanto a los tributos en principio si son dentro del mismo periodo fiscal se pueden aplicar retroactivamente.
La determinación del momento a partir del cual son obligatorias las normas tributarias en principio no ofrece grandes problemas por que cada ley expresa la fecha de su entrada en vigencia, si la ley nada dice se aplica el Art. 2 del Código Civil en virtud del cual serán obligatorias a partir del 8° día de publicación en el B.O.

DIVIERTANSE!!!!
 #213275  por RULI
 
que tal... gente he analizado la situacion y segun distintos medios y gente que ya trabaja en arba.... el sueldo de 2600 y monedas (para profesionales) no me es convinvente... ya que trabajando por cuentra propia y teniendo mi estudio en Congreso (capital) saco mas dinero... mas alla de no recibir ordenes de nadie... y por sobre todas las cosas que hoy por hoy estan apareciendo muchos casitos para hacer a corto y mediano plazo... por tal razon y en virtud de dichos parametros no pienso perder mi tiempo en esto...
por otro lado que la familia de mi mujer este en Bahia... y que sea mucho mas tranquilo que por aca la vida... por el momento he desistido de la idea de ARBA y/o AFIP.... ya que los sueldos son muy bajos....
no se cual sera tu situacion pero la experiencia (2 años de recibido) ya me da la pauta que todos los dias aparecen cosas.... hay que moverse... ser independiente y darle para adelante... sin nadie que te ordene lo que tenes que hacer por un sueldo mediocre....
lamento no poder dejar la mejor onda... pero es lo que veo a diario...
un beso y exitos !!!!!
 #213276  por RULI
 
que tal... gente he analizado la situacion y segun distintos medios y gente que ya trabaja en arba.... el sueldo de 2600 y monedas (para profesionales) no me es convinvente... ya que trabajando por cuentra propia y teniendo mi estudio en Congreso (capital) saco mas dinero... mas alla de no recibir ordenes de nadie... y por sobre todas las cosas que hoy por hoy estan apareciendo muchos casitos para hacer a corto y mediano plazo... por tal razon y en virtud de dichos parametros no pienso perder mi tiempo en esto...
por otro lado que la familia de mi mujer este en Bahia... y que sea mucho mas tranquilo que por aca la vida... por el momento he desistido de la idea de ARBA y/o AFIP.... ya que los sueldos son muy bajos....
no se cual sera tu situacion pero la experiencia (2 años de recibido) ya me da la pauta que todos los dias aparecen cosas.... hay que moverse... ser independiente y darle para adelante... sin nadie que te ordene lo que tenes que hacer por un sueldo mediocre....
lamento no poder dejar la mejor onda... pero es lo que veo a diario...
un beso y exitos !!!!!
 #213346  por AGUEDA
 
RULI escribió:que tal... gente he analizado la situacion y segun distintos medios y gente que ya trabaja en arba.... el sueldo de 2600 y monedas (para profesionales) no me es convinvente... ya que trabajando por cuentra propia y teniendo mi estudio en Congreso (capital) saco mas dinero... mas alla de no recibir ordenes de nadie... y por sobre todas las cosas que hoy por hoy estan apareciendo muchos casitos para hacer a corto y mediano plazo... por tal razon y en virtud de dichos parametros no pienso perder mi tiempo en esto...
por otro lado que la familia de mi mujer este en Bahia... y que sea mucho mas tranquilo que por aca la vida... por el momento he desistido de la idea de ARBA y/o AFIP.... ya que los sueldos son muy bajos....
no se cual sera tu situacion pero la experiencia (2 años de recibido) ya me da la pauta que todos los dias aparecen cosas.... hay que moverse... ser independiente y darle para adelante... sin nadie que te ordene lo que tenes que hacer por un sueldo mediocre....
lamento no poder dejar la mejor onda... pero es lo que veo a diario...
un beso y exitos !!!!!
ESTOY ABSOLTAMENTE CONVENCIDA, Y PARA DEJARTE TRANQUILO DE QUE ALGO DE RAZON TENES, UN ABOGADO, O CONTADOR DIGAMOS Y SIN ANIMO DE OFENDER " CONFORMISTA" HACE EL CURSO Y EN EL MEJOR DE LOS CASOS ENTRA. Y RECIBE UN SUELDO DE $ 3000 PESOS, ALGUIEN COMO EN MI CASO.. MUJER SIN NECESIDAD DE UNA ENTRADA IMPORTANTE YA QUE BUENO E VIVO DEL CAMPO, ESTA BUENO¡¡¡, Y NO TENGO LA NECESIDAD IMPERIOSA DE TRABAJAR DE MI PROFESION PARA VIVIR O PARA PROGRESAR... CREO ESTA BUENO¡¡¡¡¡. AHORA SI TU OBJETIVO ES HACER DIFERENCIAS O TENES EXPECTATIVAS MAYORES DEDICATE A TU PROFESION Y EXPRIMILA QUE TE VA A DAR MUCHAS SATISFACCIONES... Y DE ESO NO TENGO DUDAS..
ESPERO QUE NADIE SE HAYA SENTIDO OFENDIDO. PERO SINCERAMNETE ES LO QUE CREO.

BESOS
 #213351  por pochy
 
RULI escribió:que tal... gente he analizado la situacion y segun distintos medios y gente que ya trabaja en arba.... el sueldo de 2600 y monedas (para profesionales) no me es convinvente... ya que trabajando por cuentra propia y teniendo mi estudio en Congreso (capital) saco mas dinero... mas alla de no recibir ordenes de nadie... y por sobre todas las cosas que hoy por hoy estan apareciendo muchos casitos para hacer a corto y mediano plazo... por tal razon y en virtud de dichos parametros no pienso perder mi tiempo en esto...
por otro lado que la familia de mi mujer este en Bahia... y que sea mucho mas tranquilo que por aca la vida... por el momento he desistido de la idea de ARBA y/o AFIP.... ya que los sueldos son muy bajos....
no se cual sera tu situacion pero la experiencia (2 años de recibido) ya me da la pauta que todos los dias aparecen cosas.... hay que moverse... ser independiente y darle para adelante... sin nadie que te ordene lo que tenes que hacer por un sueldo mediocre....
lamento no poder dejar la mejor onda... pero es lo que veo a diario...
un beso y exitos !!!!!
Eso se habló cuando comenzó la discución en éste foro, páginas atrás, y nos quedó claro que era buena la oportunidad para los estudiantes de ciencias económicas que estamos en el tramo final de la carrera, no así para abogados con experiencia, recuerdo haber leído una nota de ARBA donde se hablaba del sueldo antes de presentarme y me pareció que para foguearse en materia tributaria está bueno...
 #213435  por pablo_30
 
Buenos dias gente , alguien sabe si ya estan los resultados de los examanes para hoy? yo escuche que estaban de paro los docentes y los empleados publicos provinciales , asi que tengo poca fe de que esten , pero si alguien sabe otra cosa que pegue un aviso.

pd: ya canso un poco esto de la espera , a mi ya se me fue la emocion , si entro o no me da igual en estos momentos , alguien mas se siente asi?

saludos
 #213459  por isis38
 
si estoy igual que vos, siento lo mismo, quedáte tranquilo, si te consuela que otros nos esté pasando lo mismo...jajaj, igual entro a cada rato a la página, aunque diga que ya no me importa, hago la de todos bah, jj
 #213465  por vale94
 
pablo_30 escribió:Buenos dias gente , alguien sabe si ya estan los resultados de los examanes para hoy? yo escuche que estaban de paro los docentes y los empleados publicos provinciales , asi que tengo poca fe de que esten , pero si alguien sabe otra cosa que pegue un aviso.

pd: ya canso un poco esto de la espera , a mi ya se me fue la emocion , si entro o no me da igual en estos momentos , alguien mas se siente asi?

saludos
Yo siento lo mismo pero si me interesa saber como me fue.
saludos para todos.
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