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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #213604  por Gonzalo77
 
Estimados, necesito iniciar una demanda por alimentos en San Isidro, es mi 1º demanda en provincia ya que siempre litige en capital, me podrían decir como es el tema de la medición previa y como son los pasos básicos para iniciar un reclamo por alimentos en provincia, desde ya muchas gracias.

 #214091  por optimista
 
En Provincia no hay mediación previa antes del reclamo. Para iniciar la acción, debés completar un formulario que se denomina "SOLICITUD DE TRAMITE" , pedilo en la Receptoría. Completás el formulario con todos los datos. Firmás vos como LETRADO y tu cliente como REQUIRENTE. En algunos Tribunales de Familia (creo que son los menos) admiten la ETAPA PREVIA para estos juicios, por lo tanto serán citados a una Audiencia con el Consejero de Familia ( no es necesario presentar la demanda). Para otros no corresponde la ETAPA PREVIA, por lo que deberás presentar la Demanda al iniciar. Cualquier otra duda consultame.

 #214155  por Gonzalo77
 
buenisimo..muchas gracias

 #214216  por msal
 
Gonzalo: Tal como te lo dijo optimista, todo depende de que tribunal te toque:En San Isidro en el tribunal 1 si hay etapa previa, por lo tanto serán citados a una Audiencia con el Consejero de Familia,(no tenes que llevar la demanda).
En cambio en el Tribunal de flia n°2 no corresponde la etapa previa, por lo que deberás presentar el escrito con la Demanda al iniciar la misma.
Saludos

 #214241  por Gonzalo77
 
resulto ser demasiado azaroso para mi gusto.. :)
Tengo q ir el viernes con mi clienta a iniciar el juicio de alimentos en San Isidro....que hago me voy con la demanda hecha...o después del sorteo veo cual me sale y en caso de que me toque el nro 2 la hago y la llevo el lunes? q opinan? Mi clienta dice que si hubiera una etapa previa hay graneds posibilidades de llegar a un acuerdo...

 #214285  por optimista
 
Mi opinión es que no lleves la demanda. Si te toca el Tribunal nº2 la llevas el lunes y listo.-

 #214401  por msal
 
En San Isidro después de sortear la causa, en la receptoria te preguntan si queres que ellos la lleven o si la llevas vos mismo al juzgado. Considero que si no sos de San Isidro, es preferible que te la lleven ellos así no te tenes que venir nuevamente por estos pagos el Lúnes para presentarlo.
Todo depende de tu disponibilidad de tiempo.
En cuanto a la etapa previa si te llegara a salir sorteado el tribunal 2, no te hagas problema por que a pesar de que este tribunal no hace etapa previa en la audiencia del 636 CPCCP, el Tribunal siempre busca que las partes lleguen a un arreglo. Te lo transcribo para que lo leas.

ARTICULO 636°: Audiencia preliminar. El juez, sin perjuicio de ordenar inmediatamente las medidas probatorias que fueren solicitadas, señalará una audiencia que tendrá lugar dentro de un plazo que no podrá exceder de 10 días, contado desde la fecha de presentación.

En dicha audiencia, a la que deberán comparecer las partes personalmente y el representante del ministerio pupilar, si correspondiere, el juez procurará que aquellas lleguen a un acuerdo directo, en cuyo caso, lo homologará en ese mismo acto, poniendo fin al juicio.

SI tu clienta piensa que tenes grandes posibilidades de acordar, estate seguro que en dicha audiencia lo vas a hacer.
Saludos, y quedo a tu disposición para cualquier otra opinión que necesites sobre el tema.
Exitos! ! !

 #214541  por Gonzalo77
 
Msal y optimista, muchas gracias me dieron una ayuda grandisima y muy completa..espero poder ayudarlos asi también en alguna opotunidad. SAludos