Hola! Intimé por ley 24.013 -en el marco de una relación registrada defectuosamente, para que registre correctamente:
- fecha de ingreso (1 año antes del registrado)
- categoría
Ahora bien, no mencioné cuál era el monto de la remuneración (salvo la inicial), porque no reclamo por eso. Pero ahí me surge la duda acerca de qué quiere decir ese artículo: yo siempre creí a esas situaciones en las que a una persona se le paga, por ejemplo, 1200 en negro y 600 más en blanco. ¿Es así?
Porque sino, podría pasare que si la categoría es más alta, le deberían pagar más. Y si en la intimación no puse cuánto cobraba, puedo perder los rubros de la 24.013 art. 10. Si bien cobraría por los demás incisos de esa ley.
¿Qué les parece? ¿Soy claro en la pregunta?
Saludos
Pablo
- fecha de ingreso (1 año antes del registrado)
- categoría
Ahora bien, no mencioné cuál era el monto de la remuneración (salvo la inicial), porque no reclamo por eso. Pero ahí me surge la duda acerca de qué quiere decir ese artículo: yo siempre creí a esas situaciones en las que a una persona se le paga, por ejemplo, 1200 en negro y 600 más en blanco. ¿Es así?
Porque sino, podría pasare que si la categoría es más alta, le deberían pagar más. Y si en la intimación no puse cuánto cobraba, puedo perder los rubros de la 24.013 art. 10. Si bien cobraría por los demás incisos de esa ley.
¿Qué les parece? ¿Soy claro en la pregunta?
Saludos
Pablo