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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #214823  por jimena_e
 
me pasaron una cusas de derecho laboral en pcia de buenos aires y no es lo que yo hago asi que no tengo idea, el caso es que ya se trabo la litis contra uno y al otro se lo declaro rebelde. queria saber cual es el equivalente al 360 cpc de capital(apertura causa a prueba) en derecho del trabajo en pcia ?? dicuslpen la preguntonta

 #214933  por optimista
 
Si quedó trabada la litis contra uno de los co-demandados, de la contestación de la demanda te corren traslado, vos tenés que contestar el 2º traslado negando lo que consideres pertinente y ratificando lo expuesto en la demanda. En el mismo escrito, solicitás la APERTURA A PRUEBA.-

 #215297  por jimena_e
 
ya se hizo esto solo falta apertura a prueba, porque articulo se pide?

 #215816  por optimista
 
No hace falta que invoques ningún artículo para pedir la apertura a prueba. Pedí directamente QUE SE ABRA A PRUEBA. Pero si querés fijate en la ley de procedimientos laborales de provincia, creo que es el art. 32, no recuerdo ahora exáctamente el número. Suerte
 #216272  por cggaray
 
jimena_e escribió:me pasaron una cusas de derecho laboral en pcia de buenos aires y no es lo que yo hago asi que no tengo idea, el caso es que ya se trabo la litis contra uno y al otro se lo declaro rebelde. queria saber cual es el equivalente al 360 cpc de capital(apertura causa a prueba) en derecho del trabajo en pcia ?? dicuslpen la preguntonta
ART 25, es informal, y casi nunca se arregla, los Tribunales no trabajan en esta audiencia. Aclaro que es la audiencia de concilación y despues se abre a prueba el expediente y no compares el Art 360 del CPCCN con el Art 25 de la ley 11.653, son institutos muy diferentes, mas vale hace la comparación con el Art 80 de la LO, Pero tambie tene en cuenta que el procedimiento en ambas jurisdicciones son diferentes igual que la composición de los tribunales que en Provincia son colegiados y la instancia superior es la SCJBA, no hay cámara y la posibilidad de apelar es muy acotada.

 #216285  por optimista
 
Te confirmo, el art. que dispone la APERTURA A PRUEBA es el 32 de la ley 11.653.-

 #216370  por jimena_e
 
tonces que les parece?



"Que atento al estado de los presentes actuados, vengo a solicitar a S.S tenga a bien disponer la apertura de la presente causa a prueba".

 #216397  por Sailaw
 
Si, está bien ese escrito,

 #216441  por jimena_e
 
tipico de cdo no sabes que poner, jajaj
gracias