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  • Sucesion: Letrado no saca en prestamo expte.

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 #215361  por sanfi
 
Hola colegas. Hace unos años mi amiga me pidio si no comocia un abogado (sabia que yo estaba estudiando). Le recomende uno, con el cual hizo la sucesion al tiempo que yo me recibia.
Con la sucesion terminada este colega no quiere pedir el expte en prestamo para llevarlo a la escribania y que el padre de mi amiga done su 50% (especula porque tiene 92 años y anda mal de salud). Le manifiesta que es la misma escribana quien debe ir al juzgado a retirar el expte.Ella me pide que yo asuma como letrada para poder sacar el expte. Son tres coherederos. Pregunto:
1.-Me presento directamente en el expte con bono/ius, o primero mandan carta documento rebocando patrocinio.
2.-Si mandan CD primero, cuantas son 3? una por cada coheredero?
No me tocó nunca asumir patrocinio habiendo intervenido un letrado anterior.
Si a alguien le sobra un momentito y me puede guiar, se los agradezco. Verán que soy novata.
AHHH Aclaro que está TODO PAGO (aportes ingresos brutos, honorarios, TODO.
Como hago?

 #215406  por sergiosky
 
quien le dio poder a este abogado? pues el se lo revoca mediante CD.
luego te presentas vos con un escrito diciendo "toma participacion" y te presentas en el caracter que vayas, con poder o patrocinando, en este ultimo caso necesitaras la firma de alguno de los herederos, y aclaras que se revoque todo poder dado con anterioridad de acuerdo a la CD adjuntada y que se te conceda la participacion que por ley corresponda. no te olvides de constituir nuevo domicilio a los efectos procesales.
luego que te dan participacion solicitas el prestamo del expediente y ahi realizas el tramite que queres.

 #215442  por DAL
 
A la escribanía se pueden llevar fotocopias certificadas. En mi jurisdiccion si se denuncio que intervenía un escribano para ciertos tramites, queda habilitado a retirar el expediente.
Además no necesitas revocar ese poder, otro heredero te puede otorgar uno ( que en nada afecta el poder vigente) y vos sos parte de ese igual que el otro letrado. Compareces y retiras y evitás la pelea con el antecesor que querés evitar.
 #215444  por sanfi
 
Que tal Dal y sergioski....
No hubo nunca poder otorgado al colega. El se presento como letrado patrocinante, nada mas, y con la firma de los 3 coherederos. No hay que rebocar poder.
Si yo me presento tampoco les voy a hacer firmar poder, me presento como letrada patrocinante.
Si nunca hubo poder p/ el anterior abogado y yo me presento, entonces no mandan los herederos CD? Mi duda es si los herederos , los 3 tienen que mandar CD...

 #215468  por diegogvillamayor
 
hola como estas, el patrocinio se reboca en provincia con la carta de revocacion que te dan en los colegios de abogados te sale entre 5 y 15 pesos segun el colegio.
En capital si queres no mandes CD presentante revocando en el exp y te van a decir notifiquese y haces la cedula y notificas al constituido.
o mandas Cd y la adjuntas.
Puede revocar 1 de los herederos o los 3.
Ahora no le veo el sentido a no pedir el expt en prestamo.

revoca con cualquier de estas dos formas, adjuntas al escrito donde te presentas y constituis domicilio la Cd o la carta de revocacion. En el mismo escrito si queres pedi el expet en prestamo para su escrituracion.
Los honorarios, aportes, tasa, sobre tasa, todo esta pago y acreditado en el expediente?
Yo te recomiendo que cuando pidas el expt nombres al escribano para el lo retire y no vos, ya que a veces se pasan del tiempo que les da el juzgado y asi evitas lios vos.
Sino la otra es como te dijeron certifica las copias y desglosa.

saludos
 #215500  por sanfi
 
Que tal Diego, es en pcia. (quilmes) cla-ri.si-mo.
Ay Dios! lo acabo de ver por sistema y está paralizado, con lo cual no puedo ver el constituido para mandarle rebocacion por carta del C.A.Q.
La declarat. es del 2004, esta todo acreditado, es +, está concedido el prestamo y está el proveído "tienese por cumplido con el art. 21 de la 6716".
Lo unico es que mi pobre amiga va a tener que hacer nueva cedula parcelaria porque la escribana no va a hacer la donacion con una valuacion vieja...y yo me voy a tener que hacer cargo de algunos gastos porque, en definitiva le recomendé este colega...ya está.
Como dije, se vé que especula con los 92 años del viejito y su sucesion, es por eso, otra cosa no veo.
Gracias a todos por sus respuestas. Vos diego geniomax. Un beso. Sanfi

 #215608  por diegogvillamayor
 
hola como estas, tenes que sacar el expt 1 de paralizado diciendo que lo sacas para terminar la sucesion.
Si esta el despacho donde dice que se da en prestamo el expt no revoques todavia, fijate a quien se autorizo a sacarlo si es a tuclienta que lo saque ella, asi no tnes que revocar y eso.
solo pregunta si el saque tiene que ir con firma de letrado, a veces no hace falta, si te dicen que si, firma vos y pone que es para revocar aunque luego no lo hagas.
Fijate la fecha de la valuacion del agrimensor recorda que dura 3 años, seguro tenes que pedir inhibicion y cesion, y ahora que lo pienso tendras que revocar si o si.
 #215638  por sanfi
 
Diegui, no creo que esté autorizada mi amiga para sacarlo el expte.; por como es mi ex-colega-amigo.
Por lo q me dijo ella el agrimensor fue en 2006, hay que ver cuando la acreditaron, pero de todos modos la escri va a pedir una nueva valuacion en razon que aumento todo y para sus ppios. honorarios en la donacion.
Cesion, inhibicion, como vos decis todo de vuelta. Me mata mi amiga, porque encima tuvo que pedir actas de matrimonio y nacimiento a italia que le habian salido fortuna, todo euros. Vamos a ver como sigue. Pero hay que hacerlo donar al viejito, sí o sí, es mi amiga.
Besote die, y buena semana.Sanfi

 #215842  por sergiocian
 
Sanfi: La carta que mandas por elColegio de Abogados no es para revocar, solo notificas al colega que lo vas a sustituir en en patrocinio dando cumplimiento a las normas de etica. El patrocinio lo sustituis con un escrito firmado por la parte que en esencia diga " designo como nuevo letrado a ........, sustituyendo el patrocinio anterior del Dr........." y pagas IUS y bono ley. Parta sacar de paralizado un escrito de la parte con tu patrocinio, no pagas ius ni necesitas sustituir al letrdo anterior. Saludos

 #215880  por DAL
 
La verdad que especular con la edad del donante es pavote. Quien le dijo que le van a dar la sucesión del señor???? vos ya te recibiste, lo logico es que la hagas solito. Debe ser otra cosa!
 #216218  por sanfi
 
Sergiocian, gracias por tu respuesta. Voy a sacar de paralizado y luego me voy a presentar en el expte.
Dal, no hay nada más. Mi amiga le pago los aportes hace un monton, el 20% encima, aparte siempre le preguntaba como andaba el padre de salud, eso es lo que llama la atención; supongo que creerá que como empecé hace poco, yo no la podria hacer. El tema es que no quiere sacar el expte en prestamo; le dice que busque escribana y que lo saque ella; yo creo que no es así...
Gra-cias a todos !

 #216305  por LATUCU
 
ojo fijate si es poder especial irrrevocable o no. si lo es necesitas revocar por escribano no con carat documento