Hola: Se me presento una duda respecto al siguiente tema. Mi cliente está embarazada con fecha probable de parto para el 14/12/08. la empresa tiene conocimiento. La obstetra le dice que tiene que hacer reposo absoluto hasta el parto. Mi consulta es si ella toma la licencia por enfermedad se extiende hasta el parto, quedando los 90 días de licencia por maternidad para luego del parto, o solo se considerará licencia por enfermedad hasta los 30 días antes del parto (ella optaría por gozar de licencia 30 y 60) y a partir de entrar en los 30 días previos al parto, ya pasan a ser licencia por maternidad obligatoriamente. También tengo dudas para el caso de que se considere todo licencia por enfermedad si teniendo una antiguedad de 3 años tiene derecho a 3 meses de licencia o 6 dado que este es su primer hijo, y no se si el menor por nacer se cosideraría "carga de familia" Gracias al que me pueda ayudar