buenas.he aqui un caso.un vendedor a comision por ventas,figura como monotributista pero hay sobrados elementos para demostrar la relacion laboral y por ende relacion de dependencia.Resulta que el patrón si el comprador de los productos no paga las cuotas de lo comprado,se lo descuenta al viajante de su comision.Es algo absolutamente ilegal.es decir que el empleado corre con los riesgos de la empresa.Como lo encuado para una demanda.Gracis.-
Hola!
En primer lugar, tenés que "hacer caer" el fraude laboral, demostrando la existencia de subordación técnica, jurídica y económica (notas que hacen a una relación de dependencia propiamente dicha).
(Obviamente, con caracter previo a incoar la demanda, tendrías que intimar regularización en los términos de la ley 24.013).
En el mismo orden de ideas, como bien lo decís, la ajeneidad en el riesgo empresario es una de las características estructurales del contrato de trabajo; estos "descuentos compulsivos" que efectúa el empleador constituyen un grosero soslayamiento del orden tuitivo laboral. Tienen la entidad de una "injuria grave" que imposibilita la prosecución del vínculo.
(Es decir, tenés un montón de elementos como para colocarte en situación de despido indirecto)
Por otro lado, si tu cliente reune las condiciones de un viajante de comercio, le serán de aplicación las normas previstas por el estatuto pertinente (Ley 14.456).