Hola les quiero consultar ,por que tgo un clente con PAD y le faltan 4 años ,en ANSES me dijeron que puedo comprar por el art. 3 de la 24476, peor no me da la opcion envie el plan .-Asi q use la 25994 art 6 y compre 4 años lo pase por el benef del art.3 dela 24476 no me salia deuda ,no me daba el SICAM la ocion de ENVIAR EL PLAN....esta complicado asi que compre 3 meses + y lo puse con moratoria me dan 7 cuotas para pagar...EN LA ANTICIPADA NO PUEDE HABER CUOTAS A PAGAR??????
Estimada Adrianita:
Cuando te solicitan que uses art 3° de la ley 24476 te están indicando que hagas una liquidación por ley 24241 y utilices unicamente un período con este beneficio aplicado.
Con la normativa actual no está permitido reemplazar los 2 soportes del derecho simultaneamente (años de servicios y edad).
Podés, o aplicar moratoria por faltante de años o PAD por faltante de edad pero no ambas.
Matias