msal escribió:Hola mauro: te hago una pregunta para sacarme la duda respecto a esta consulta hecha por majo: siendo el padre menor, ¿no se debería demandar directamente a su representante legal?
saludos
Msal, teóricamente, si el menor puede subsistir por sus propios medios, y puede casarse en este caso el varón a los 18 años y llevar adelante una familia, no creo que se deba demandar directamente a su representante legal. En éste caso, como la mayoría del derecho hay, para simplificar, 2 posturas, una que dice que debe demandarse primero al progenitor y en forma subsidiaria a los abuelos, y otra que se demandan a ambos, puesto que es concurrente, y al ser parientes, va a proporcionar el sustento quien esté en mejor situación.
Por más que sea menor de 21, a partir de los 18 ya puede trabajar libremente y hasta realizarle aportes previsionales, o sea que no veo impedimento alguno para demandar al menor directamente.
Diferente el caso que carezca de medios, ahí si pasamos a los abuelos o como te decía, yo demandaría a ambos, por la situación de parentesco y por una cuestión de economía y celeridad procesal, más teniendo en cuenta que es un tema de familia y menores.
No hay mayor título que el de ciudadano. "Thomas Paine"