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  • PERIODO DE PRUEBA Y EMBARAZO, NUEVA CONSULTA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #222570  por cereszeus
 
Estimados, la consulta es simple, y tiene que ver con mi consulta anterior, dado que la clienta no quiere volver atrás con el telegrama de renuncia:

se puede despedir a una empleada durante el período de prueba si durante el mismo queda embarazada? Hay alguna consideración legal en tal caso o simplemente se rescinde el contrato al fin de dicho período?

Saludos cordiales.

Silvana

 #222626  por diegogvillamayor
 
la empleada queda embarazada y notifica el embarazo?????
o queda embarazada y no llega a notificar antes del despido?

saludos

 #222639  por DAL
 
La jurisprudencia esta dividida.
Para muchos prevalece el periodo de prueba.
Para otros, la protección por embarazo.
Otros finalmente sostienen que el despido por embarazo es discriminatorio, pero que en periodo de prueba, el empleador tiene la facultad de despedir sin invocar causa alguna ( porque la ley supone que es por no haber pasado "la prueba"). En este caso será la empleada la que deberá probar que el despido obecede a su condición de embarazo, es decir para esta postura no cuenta con la presunción que le da la ley.
 #222641  por cereszeus
 
la trabajadora queda embarazada y notifica el mismo.... tienen la obligación de conservarle el puesto al finalizar el período de prueba?

 #222646  por DAL
 
NO es un periodo de conservación de puesto.
Debe trabajar.
Para los que sostienen que prevalece el periodo de prueba, la pueden despedir antes de que este finalice, sin indemnización.

 #222664  por MORGAN
 
Cereszeus como es eso de la renuncia?

 #222748  por diegogvillamayor
 
pero si aca hablamos que la empleada renuncio por lo que tengo entendido.
no tiene derecho a nada.
Ella renuncio o no??

 #222759  por GU
 
Bienvenidos al derecho. Todo esta sujeto a interpretacion.

A FAVOR

A partir del momento mismo de la comunicación del embarazo nace una garantía de estabilidad (art. 177 LCT) cuya vigencia no está condicionada a la operatividad de la presunción que establece el art. 178 LCT, la que fue creada, precisamente, para evitar que se discrimine a la mujer en razón de su gravidez. Por lo tanto, si se produce el despido sin causa dentro del período de prueba (art. 92 bis LCT) pero con posterioridad a la comunicación del estado de embarazo, no es imprescindible que la trabajadora acredite que se trató de una discriminación originada en su maternidad, porque, en realidad, tiene garantizada una estabilidad temporalmente limitada, cuya vulneración supone, "per se", la configuración de un acto discriminatorio que no necesita ser especialmente demostrado porque fue presumido por el legislador al instituir la referida garantía de estabilidad.

Toq. 1191. Ruiz Diaz. Rodriguez Brunengo. 8998/2004. Altamirano, Nilda Vanesa c/ Organización Fiel S.A. s/ despido. 5/12/05 SD. 38.916. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Sala VII.

EN CONTRA

Durante el período de prueba cualquiera de las partes está legitimada para denunciar la relación de trabajo sin responsabilidad indemnizatoria. El embarazo -preexistente o sobreviniente- de la trabajadora no posee virtualidad para alcanzar el status juídico que resulta del período de prueba. No existe norma que prevea tal efecto; ni la excepción puede ser inferida de reglas o principios relacionados con la proscripción de conductas discriminatorias, que se encuentran excluidas, en tal hipótesis, porque a los fines legales, la trabajadora integra la clase de trabajadores sujetos a período de prueba que constituye un universo cerrado, que no admite circunstancias particulares-edad, sexo, nacionalidad, religión, opiniones políticas, actuación gremial, estado de salud, etc.- excluyentes de la regla general aplicada a todos ellos (del voto del Dr.Morando, en mayoría). Toq. 1230.

Catardo. Morando. Lescano. 5.862/2005 Jimenez, Julieta María c/ Marcelo H. Pena S.A. s/ despido. 29/06/07 SD. 34217. CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. Sala VIII.

OTRA LINEA DE PENSAMIENTO
Vas por la actora o por la demandada?

Salutes!

 #222769  por MORGAN
 
Acá se habló de renuncia no de despido.

 #222794  por GU
 
No, se refiere al despido, no renuncia, pero hay una confusion que viene de un post anterior.

La pregunta es por el despido en periodo de prueba (en este post). En otro post (viewtopic.php?t=38496) se habla de una renuncia en un trabajo anterior y es lo que dio lugar a la confusion.

Saludos!

 #222916  por SOL DE OTOí‘O
 
Muy interesante el tema y me sumo
Me pasó algo similar: Un cliente en período de prueba, a los 3 meses lo despiden porque el día que nació su hijo faltó a trabajar. La empresa sabía del estado de embarazo de su mujer y de su situación pero le mandan el telegrama de despido anunciandole que pase a cobrar la liquidación.
Mi cliente estaba registrado por lo que dudo que haya sido período de prueba. Digo esto porque todavía no ví el recibo de haberes para ver como figuraba categorizado.
Obvio que mi cliente puede hacer uso del período de licencia por paternidad no? Para el caso de no volver a trabajar podrá reclamar mayor indemnización por haber sido despedido cuando gozaba de licencia obligatoria?

 #222917  por SOL DE OTOí‘O
 
Muy interesante el tema y me sumo
Me pasó algo similar pero con un padre: Un cliente en período de prueba, a los 3 meses lo despiden porque el día que nació su hijo faltó a trabajar. La empresa sabía del estado de embarazo de su mujer y de su situación pero le mandan el telegrama de despido anunciandole que pase a cobrar la liquidación.
Mi cliente estaba registrado por lo que dudo que haya sido período de prueba. Digo esto porque todavía no ví el recibo de haberes para ver como figuraba categorizado.
Obvio que mi cliente puede hacer uso del período de licencia por paternidad no? Para el caso de no volver a trabajar podrá reclamar mayor indemnización por haber sido despedido cuando gozaba de licencia obligatoria?

 #222933  por DAL
 
NADA que ver tu caso, Sol de Otoño, porque la protección es para la mujer. El tenía derecho a licencia, hay que ver si la pidio. Y si la pidio le pagaran ese día, pero aún tienen derecho a despedirlo por estar en periodo de prueba. Si eso les cayo mal, u otra cosa, nunca lo sabras. Jamás vi una empresa que despide así a un empleado QUE LE SIRVE. Estimo que ante todo será porque no les gustó como empleado, y esa falta habrá sido la gota que rebalsó el vaso.

 #222937  por DAL
 
MOrgan, el consultante lo hizo en dos post.
La empleada tiene trabajo. Y consiguió otro mejor.
Sospecha que esta embarazada. Se hace el analisis y da negativo.
Renuncia y preavisa. El 5 de setiembre debe entrar en el nuevo.
Ohhhhhhhh sorpresa, SI esta embarazada.
Se queda sin el empleo actual, porque renuncio.
En el nuevo . . . . detectarán el embarazo?????

 #223013  por cereszeus
 
Gracias por las respuestas y el debate en este tema en particular. La situación es tal como la describe Dal, mi clienta, que es la persona que presume estar embarazada, consigue un trabajo mejor, y por eso ha renunciado a su trabajo actual, luego de hacer un análisis de embarazo en sangre que diera negativo. El problema es que ahora, luego de enviar su telegrama de renuncia se encuentra con la situación de que si está embarazada... Mi consejo principal para ella fue que comience en el nuevo trabajo y no informe de su estado hasta que no pasen los primeros tres meses, pero igualmente puede ser despedida durante el período de prueba si se "enteran" de su situación? puede ella alegar la protección de la maternidad?

Mil gracias a todos!