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 #230892  por neldam
 
buen día, quisiera saber si en un edificio a construir, con proyecto municipal y plano de PH aprobado, se pueden vender los departamentos, o bien, hasta qué instancia se puede llegar con un posible adquirente.
gracias

 #231355  por bjsaravipaz
 
Neldam:

En principio, el régimen de Propiedad Horizontal se constituye con la inscripción del Reglamento de Copropiedad y Administración en el Registro de la Propiedad.

El Plano de Mensura, no habilita la disposición de las unidades.

Con respecto a las formalidades a cumplir, habría que saber en qué jurisdicción se encuentra el inmueble. Y, además, saber si el inmueble es "en torre" o como se dice habitualmente, se trata de una división de una "casa chorizo".

Un cordial saludo.


Agrim. Bernardo J. Saraví Paz
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com

 #232026  por neldam
 
MI duda es ¿se pueden constituir boletos de compra venta? ¿estos boletos se inscriben en el registro?
¿se pueden inscribir en el registro las unidades funcionales sin estar construidas?
gracias