[quote="capitan K"]Hola Muchachos regresa el Capitan K. Fui a tomar una rectas de altura para sacar la posición. Les cuento que hace 34 años que navego o navegaba. Durante uno años fui Jefe de Puerto en Comdoro Rivadavia para la privatizada YPF (nos ponemos de pie). Atendiamos las terminales petroleras de Caleta Cordova, Caleta Olivia y Km 3. Teniamos 150 embarcados, en una oportunidad jubilamos a un marinero que era de Cordoba y como estaba mal los calculos lo tuvimos que ir a buscar para que trabaje un año más. Un papelon. Bueno en la explicación anterior deje aclarado como se cuentan los años de servicio que se sacan de la libreta de embarco todos calendarios. Pero eso no es todo y les comento mi caso Yo reinicie en el año 93 y me jubile en el 2007 como se toma para el calculo económico de la jubilación los ultimos 10 años. Me fuí a la pesca en barcos de altura como Capitán, los anteriores en ELMA, ULTRAOCEAN, etc. Antes de pedir la jubilación pedi lo que se llama COMPUTO PREVIO se presentan los certificados de trabajo de cada empresa el tiempo que figura en el certificado tiene que ser mayor que el que figura en la libreta porque se hace contar los francos mas vacaciones que en la libreta no figuran. Algunas empresas si sos efectivo directamente en el certificado te ponen todo el año. Que hace el anses con cada certificado va un gestor a cada empresa y hace un informe.-
Con ese informe sale que servicios son 52/25 y cuales 60/30. En mi caso algunos años que eran embarcados me lo pusieron como comunes lo que me subia la edad jubilatoria tuvimos que hacer un recurso ante la Camara de Revisión pasando esos años de comunes a embarcado lo más interesante es que ese informe sale a que edad te jubilas y cuantos años faltan de trabajo no teniendo que presentar papel alguno por ese periodo. Hay que tener en cuenta que si sos aportante del sistema AFJP los trámites te lo tiene que hacer la compania pero no tienen idea del personal embarcado por eso tal vez convenga poner un gestor no se como funciona si sos del sistema de reparto (anses). Cuando se cumple este último período te jubilas segun como andes de plata, o si tenes mucha sal en en en en las bolsillos. Si hay interes en el proximo capitulo explicamos como se calcula el valor a cobrar. Un saludo a los abogados chuuuu.[/quote]
Capitank..... QUE PLACER !!!!.... yo quiero leer el libro entero.... GRACIAS !!!!!
Con ese informe sale que servicios son 52/25 y cuales 60/30. En mi caso algunos años que eran embarcados me lo pusieron como comunes lo que me subia la edad jubilatoria tuvimos que hacer un recurso ante la Camara de Revisión pasando esos años de comunes a embarcado lo más interesante es que ese informe sale a que edad te jubilas y cuantos años faltan de trabajo no teniendo que presentar papel alguno por ese periodo. Hay que tener en cuenta que si sos aportante del sistema AFJP los trámites te lo tiene que hacer la compania pero no tienen idea del personal embarcado por eso tal vez convenga poner un gestor no se como funciona si sos del sistema de reparto (anses). Cuando se cumple este último período te jubilas segun como andes de plata, o si tenes mucha sal en en en en las bolsillos. Si hay interes en el proximo capitulo explicamos como se calcula el valor a cobrar. Un saludo a los abogados chuuuu.[/quote]
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