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  • CUANTO VALE UNA PIERNA??

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #233330  por evan614
 
hola a todos! tengo un cliente que perdio su pierna como consecuencia de un fuerte golpe en su trabajo... es trabajador agrario, tiene 70 años. el tema es que ademas de la indemnizacion, tengo que determinar el daño, es decir el valor de la pierna y no se como... alguien me puede ayudar?? desde ya muchas gracias..
 #233365  por ALEJANDRA VALLADARES
 
Hola Evan. Yo quiero saber lo mismo, como calcular el valor de los daños para reclamar indemnizaciones, asi que les pido a los chicos del foro que conozcan del tema un poco grande de toda la ayuda que puedan darnos.
Mi cliente estaba en negro y tuvo un accidente in itínere, donde casi pierde una pierna...igual quedó con secuelas. Pero no sé como pedir el daño ni cuanto pedir por ello. AYUDA PORFI!!!
 #242951  por REFUCILO
 
A ESTA PREGUNTA HAY TANTAS RESPUESTAS COMO PERSONAS A LAS CUALES LES SUCEDA EL HECHO YA QUE NO EXISTE UN MONTO FIJO, PARA ENCARAR EL TEMA HABLARE SOBRE EL ACCIDENTE LABORAL EN IER TERMINO, PARA VER EL GRADO DE INCAPACIDAD QUE LE GENERA DEBEMOS CONSIDERAR SU EDAD, INGRESO BASE MENSUAL (IBM) Y PORCENTAJE DE INCAPACIDAD (FORMULITA DE LA LEY 24557 - OJO TOPES) LO ULTIMO NO LO PODEMOS DETERMINAR SIN AYUDA DE UN MEDICO LEGISTA DE OTRA MANERA (PLAN B) SE PUEDE CONSULTAR A LA TABLA DE EVALUACION DE INCAPACIDADES DECRETO 659/96 QUE SOLO SIRVE PARA LABORAL YA QUE NO HAY BAREMO CIVIL, AL DAR LECTURA AL DECRETO SE VAN A DAR CUENTA QUE NO ESTAMOS EN CAPACIDAD DE HACER UNA EVALUACION SERIA DE LA INCAPACIDAD PUES ES MUY TECNICO. AHORA DESDE EL PUNTO DE VISTA CIVIL LES RECOMIENDO CONSULTAR LA PAGINA www.iijusticia.edu.ar QUE LES PUEDE BRINDAR MAYORES DETALLES DE LO QUE SE PAGO EN LOS JUICIOS A LOS QUE HACE REFERENCIA Y BUSCAR UNA LESION QUE SE APROXIME A LA DE SU CASO. ESPERO HABER SIDO DE AYUDA PERO TENGAN EN CUENTA AMBOS QUE NO ES ALGO FIJO, ES MUY VARIABLE Y HAY QUE EVALUAR MUY BIEN AL CLIENTE, SU SITUACION SOCIOECONOMICA, INCAPACIDAD FISICA Y ESTADO PSIQUICO POS ACCIDENTE PARA HACER UN RECLAMO SERIO TANTO EXTRAJUDICIAL COMO JUDICIAL.