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  • Accidente de Tránsito. Ayuda domicilio Aseguradora!!

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 #233319  por libertador
 
Queridos colegas, estoy llevando adelante mi primer caso de daños y perjuicios. El accidente sucedió en mercedes, pcia de buenos aires. Un auto atropelló a mi cliente. Como primera medida deseo iniciar la negociación con la aseguradora, pero el domicilio legal de la casa central corresponde a la provincia de Salta. Creo que tiene una sucursal en la ciudad de buenos aires. Con quiénes debo negociar? y en el evantual caso de presentar la demanda, qué domicilio debo hacer constar en la misma a los fines de las notificaciones judiciales?. Agradeceré su respuesta.
 #233403  por abogado1987
 
libertador escribió:El domicilio es de Mercedes.
libertador, si el domicilio es de Mercedes > idem juez competente, yo intimaría por CD al titular registral / conductor y que él se ocupe de comunicar a su compañia de seguros, en caso de silencio o de fracaso de acuerdo extrajudicial, entablaría demanda contra titular registral / conductor ( juez competente de Mercedes) en su caso el demandado solicitará se cite en garantía a su cia de seguro ... suerte
 #233411  por libertador
 
El tema es que, el titular registral es prácticamente insolvente, por lo que deseo negociar directamente con la aseguradora y a la hora de llamarlos por teléfono, no sé si llamarlos a la sede en Salta o en Capital a su sucursal.
 #233429  por abogado1987
 
libertador escribió:El tema es que, el titular registral es prácticamente insolvente, por lo que deseo negociar directamente con la aseguradora y a la hora de llamarlos por teléfono, no sé si llamarlos a la sede en Salta o en Capital a su sucursal.
libertador ... te entiendo, pero pensá sino llegás a un acuerdo con la aseguradora, yo remitiría CD al titular registral intimando el pago de los daños y esperaría el llamado de la cia de seguros ...

 #233507  por abogado_1987
 
libertador, de nada ... y tené presente el siguiente sumario ...

"Las pretensiones indemnizatorias originadas pueden ser deducidas, a elección del actor, ante el juez del lugar del hecho o ante el que corresponde según el domicilio del demandado o del asegurador"(CSJN, 13/04/89, RepED, 24-140, Nº49)

Del juego armónico de los dispuesto por el art. 5º, inc. 4º del Código Procesal y el art 118, párrafo 2º de la ley 17.418, se puede concluir que cuando en una acción de daños y perjuicios el damnificado extiende su reclamo contra el asegurador del demandado, puede interponer la demanda en forma facultativa ante el juez del lugar del hecho, el del domicilio del accionado o el de la compañía aseguradora, como así también en cualquier agencia o sucursal de ella, pues el citado art. 118 no hace distinción sobre el domicilio central, agencia o sucursal.

2- Una vez verificada la existencia de una dependencia de la aseguradora en la ciudad de Buenos Aires, surge procedente la competencia de los Tribunales de esta última, sin que interese el hecho de que la agencia o sucursal posea o no atribuciones para contratar a nombre de la aseguradora, o que haya sido ella o no, donde se contrató el seguro.

Autos: OLMEDO, Heberto Darío y otro c/ GIUDICATE, Silvio Gustavo yotros s/ DAÑOS Y PERJUICIOS.- Magistrados:Jorge H. Alterini, José L. Galmarini, Fernando Posse Saguier. - Sala C. - 11/12/2001
 #233573  por gadriana
 
abogado1987 escribió:
libertador escribió:El tema es que, el titular registral es prácticamente insolvente, por lo que deseo negociar directamente con la aseguradora y a la hora de llamarlos por teléfono, no sé si llamarlos a la sede en Salta o en Capital a su sucursal.
libertador ... te entiendo, pero pensá sino llegás a un acuerdo con la aseguradora, yo remitiría CD al titular registral intimando el pago de los daños y esperaría el llamado de la cia de seguros ...

En un todo de acuerdo con lo que te sugiere abogado, acoto que las direcciones de aseguradoras y sus sucursales las podes obtener en el Organismos de Contralor de las mismas, esto es Superintendencia de Seguros de la Nación.

No podés saltear el paso por insolvente que sea de ir contra el titular registral . Saludos
 #267735  por 20953753
 
Estuve leyendo y me parece que me pueden ayudar, me recibi hace poco y es mi primer caso de accidente de tránsito. Estoy perdida. Quisiera saber, ante un accidente que es lo primero que debo hacer, quien debe responder? la aseguradora de mi cliente/damnificado o la del conductor/ culpable del accidente? Ayuda urgente, gracias!!! Ana