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  • PAGO POR CONSIGNACION EN INDEMNIZACION POR MENOR ANTIGUEDAD

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #201392  por ramiro100
 
Hola Colegas!
Necesitaria saber su opinion, sobre que conviene hacer?
Un empleado fue despedido, despues de intimarlo a que diga situacion laboral.
Resulta que trabajo 5 años en este lugar y recien 6 meses antes lo registran como empleado, por media jornada es decir solo 4 horas.
Ahora bien, el empleador realiza un pago judicial en un tribunal de trabajo por consignacion, por estos seis meses solamente y desconoce el resto y al mismo adjunta los telegramas recibidos y enviados.
La pregunta es que conviene hacer?
Reconvenir o iniciar un nuevo reclamo.
Desde ya muchas gracias!!!

 #201623  por tomhagen836
 
Una vez que a tu cliente le llegue la cedula con las copias de la consignación, deberías reconvenir por despido y cobro de pesos. Pasame tu mail que te mando un modelo. Saludos.
 #235153  por tweiss
 
POr una de esas casualidades, tendras la copia del escrito de la consignación????
En cuanto a tu pregunta. Si tenes cerrada la conciliación, inicia tu reclamo laboral (yo estudiaria si conviene incluir la falta de entrega del certificado porque está lleno de fallos que dicen que la puesta a disposición no alcanza, pero, la obligación esta cumplida con la consignación). Lo ideal seria que inicies el reclamo antes que te llegue el traslado de la consignación, o al menos, antes de contestar. Que sea la contra parte la que denuncie en el juicio por despido, la existencia de la conciliación.
 #294724  por bibiana
 
Hola colegas, una pregunta... se puede hacer un juicio de pago por consiganacion por cuota de alimentos? el juicio de alimentos no fue iniciado todavia por la esposa pero el marido tiene problemas para que la conyugue le recepcione la cuota entonces puedo inicira el lunes que volvamos de feria el juicio de pago por consiganacion?
 #314103  por Milla
 
RAMIRO !! Cuando te notifiquen la consignacion tenes que reconvenir !!!
Esa reconvencion hace las veces de la demanda laboral...
Osea que contestas demanda, rechazas la reconvención y reconvenis por despido indirecto.... con las multas y todo.
Ojo con los plazos que tu cliente te avise cuando reciba algo.
Sldos.
Mercedes
 #397930  por abogadajunior82
 
hola a todos...me podrian enviar el modelito...y otra pregunta, yo pedi audiencia de conciliacion y la empleadora dice q le va apagar en consignacion.ella debe esperar esta via o ya puede iniciar el pago???este es mi mail: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com desde muchas gracias