Estimados, creo que metí la pata, estoy intimando por una relación laboral totalmente en negro. En el primer telegrama en su parte pertinente puse : Acreditar aportes previsionales y de la obra social desde el ingreso. Todo ello bajo apercibimiento de considerarme injuriado, y despedido por su exclusiva culpa, y accionar judicialmente conforme leyes 20.744, 24.013, 25.345, 25.323 y sus modificatorias, y bajo apercibimiento de realizar las correspondientes denuncias ante Ministerio de Trabajo y denuncia Penal Tributaria.
Pero no intimé por el 132 bis. Ahora estoy por mandar el 2º telegrama por el que se va a considerar despedido. Estoy a tieMpo de intimar por el 132 bis en este último? cómo lo incorporo? . Mil gracias!!