Buenas a todos! estoy confundido con una liquidación y no se como calcular el siguiente rubro: mi cliente estaba en negro en comercio (CCT130/75 "cat B" vendedor) trabajaba tres días 6.30 hs. lunes, martes y jueves de 9:00 a 15:00hs y sáb. y domingos de 8:00 a 17:00hs (de 13:00 en adelante horas extras al 100%). la remuneración según CCT para su categoría es de $1385,19.. lo q no se, es si tomo ese sueldo y le sumos las extras, o al trabajar 36hs. tengo q calcular el sueldo de otra manera, o sea sacar un promedio de los $1385,19? es jornada reducida o no? Y si es así, la antig. dl 245 con q cifra la tomo de base?
Para mi son horas extras aquellas que EXEDEN LA JORNADA LEGAL DE TRABAJO (8 diarias o 48 hs. semanales). Si el tipo trabaja menos de 48 semanales, aunque trabaje mas de las 6 diarias pactadas, hasta el límite de 48 hs. son comunes y de ahí en mas son extras, entre las extras tenes que ver si son al 50 o al 100%.
No se si fuí clara. Mirate la ley 11544.
Saludos.
MFP