Estimados colegas. El tema que les traigo hoy es de examen. Necesito de vuestra colaboracion y consejo para sacar lo mejor de esta situación.
El tema es el siguiente. Ayer vino una señora al estudio que compro una casa en el año 99. La venta se realiza por poder y con hipoteca a favor e la poderdante. hasta aca todo normal. El tema es que luego de la compra esta señora se enteró que la mandante habia fallecido 6 meses antes de la venta (aclaro no habia boleto) Una colega al enterarse de esto, le sugiere que deje de pagar y que luego inicie una usucapión. Pero la mandataria sobrina de la mandante y presunta heredera, inicia la ejecución hipotecaria. Aca biene lo bueno, lo hace por derecho propio sin demostrar que es heredera, y en la escritura se constituyo la hipoteca a favor de la mandante (pre muerta). La colega contesta y opone la excepcion de falta de personeria, pero ataca a la escritura en lugar de hacer incapie sensillamente en algo que resulta evidente al leer la escritura. La sentencia salio favorable a la actora, no le hacen lugar a la falta de personeria pero con fundamentos vagos. Practicamente la casa esta perdida, ya que tambien le isieron lugar al planteo de inconstitucionalidad e decreto 214.
Mi consulta es. Si ahora inicio la accion de redargucion de falsedad, ya que es muy facil hacer caer esta escritura. Podre recuperar la casa o al menor el importe que abono más los intereses y daños y perjuicios.
Se supone que la mandataria tiene bienes para embargar, mi intencion es que pueda recuperar algo del dinero para que se compre aunque sea otra cosa.
Se escuchan todas las opiniones
Saludos
El tema es el siguiente. Ayer vino una señora al estudio que compro una casa en el año 99. La venta se realiza por poder y con hipoteca a favor e la poderdante. hasta aca todo normal. El tema es que luego de la compra esta señora se enteró que la mandante habia fallecido 6 meses antes de la venta (aclaro no habia boleto) Una colega al enterarse de esto, le sugiere que deje de pagar y que luego inicie una usucapión. Pero la mandataria sobrina de la mandante y presunta heredera, inicia la ejecución hipotecaria. Aca biene lo bueno, lo hace por derecho propio sin demostrar que es heredera, y en la escritura se constituyo la hipoteca a favor de la mandante (pre muerta). La colega contesta y opone la excepcion de falta de personeria, pero ataca a la escritura en lugar de hacer incapie sensillamente en algo que resulta evidente al leer la escritura. La sentencia salio favorable a la actora, no le hacen lugar a la falta de personeria pero con fundamentos vagos. Practicamente la casa esta perdida, ya que tambien le isieron lugar al planteo de inconstitucionalidad e decreto 214.
Mi consulta es. Si ahora inicio la accion de redargucion de falsedad, ya que es muy facil hacer caer esta escritura. Podre recuperar la casa o al menor el importe que abono más los intereses y daños y perjuicios.
Se supone que la mandataria tiene bienes para embargar, mi intencion es que pueda recuperar algo del dinero para que se compre aunque sea otra cosa.
Se escuchan todas las opiniones
Saludos