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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #240097  por stel730
 
Hola a todos!! El tema es el siguiente: un cliente viene con los dos telegramas laborales confeccionados por el primer abogado. Por el primero, intima registración (estaba en negro) y ante la negativa de la principal, por el segundo se considera despedido. Como tuvo problemas con su anterior abogado, ahora trae el caso, en tal estado, a mi estudio. La duda que surge es la siguiente: él intimó a su empleador en los hechos, es decir, quién se comportaba como tal en la empresa. Mas me comenta ahora que el titular de la empresa (unipersonal) es el tío del empleador intimado. Qué debo hacer? Lo óptimo hubiera sido intimar desde el principio a los dos. Ahora no puedo ir contra el tío exigiendo regularización puesto que el contrato ya se extinguió. Debo mandarle un telegrama al tío exigiendo el pago de los rubros indemnizatorios, en caracter de titular del establecimiento? ayuda please!
 #240150  por sergiosky
 
la denominacion "..... c/....... y/o contra quien resulte responsable y/o contra quien resulte propietario del establecimiento ............ s/ demanda laboral", cubre eso que decis vos.
no necesitas reclamar al tio.
 #240263  por stel730
 
Muchas gracias por responder!
El tema es que acá en Rosario, los juzgados laborales no admiten demandas contra con el agregado " fulano ..y/o quien resulte titular o responsable". Exigen, el nombre en concreto. Si promuevo la demanda contra el el emplazado en primer término y contra el tío (titular), no me pueden oponer que al tío no se lo intimó por telegrama? Gracias!!
 #240274  por amparito
 
Me parece que es viable lo que dice el compañero que te respondió en primer término. Creo que deberías utilizar la fórmula de "o quien resulte responsable y / o titular del establecimiento" y ofrecer como prueba informativa, oficio al organismo que te despeje la duda, o bien le diga al tribunal quien es el titular. Tratá de cubrirte. El telegrama al supuesto empleador, fue enviado a su domicilio particular o al establecimiento donde trabajaba, pues en este ultimo caso, el principal bien pudo tomar conocimiento o te podrías tirar el lance por esta variante. suerte